Cosas de la Ciudad

REFORMA.- De botepronto pueden observarse, al menos, cuatro aspectos relevantes de la reforma electoral, aprobada este jueves29 de mayo por el Congreso de San Luis Potosí. Uno es que los requisitos de elegibilidad para ser gobernador del Estado casi hayan permanecido idénticos a la reforma de 1996, cuando el entonces mandatario Horacio Sánchez Unzueta ordenó a sus legisladores imponer candados jurídicos a la posibilidad de que Teófilo Torres Corzo pudiera contender en una elección constitucional para ese cargo.
LINEAZO.- Parece que “desde arriba” dieron lineazo a los diputados locales para que no tocaran una línea de la reforma constitucional de 1996, porque de haberlo hecho habría abierto las puertas de par en par al ahora senador Teófilo Torres Corzo para ir en pos de la gubernatura, ya sin ningún candado legal. Dichos diputados argumentaron que la reforma constitucional federal, aprobada el pasado 10 de febrero, es muy confusa en ese aspecto y por eso decidieron dejar la Constitución de San Luis Potosí tal como está desde aquel año; y que sea la Suprema Corte de Justicia, en tal caso, quien resuelva el problema si alguien lo litiga.
DIFERENCIAS.- En realidad es bastante clara la redacción del Artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Allí se dice que los gobernadores de los Estados, cuyo origen sea la elección popular, ordinaria o extraordinaria, en ningún caso y por ningún motivo podrán volver a ocupar ese cargo, ni con el carácter de interinos, provisionales, sustitutos o encargados del despacho. En consecuencia, quien no haya sido electo en forma popular sí puede ser elegible como gobernador. Es precisamente el caso del senador Teófilo Torres Corzo, porque no fue gobernador de elección popular, sino por designación del Congreso. Pero los diputados dicen que no entendieron así el asunto. Y lo que parecía unas puertotas abiertas, de pronto, “desde arriba”, se ordenó volver a cerrarlas.
GÉNERO.- La cuestión de género es otro asunto destacable de la reforma electoral aprobada este jueves por los diputados locales, aunque corresponde exactamente a la federal. Sus implicaciones son importantes para los procesos políticos constitucionales en San Luis Potosí, porque obligarán a todos los partidos a reestructurar sus carteras de dirección, a fin de permitir a las mujeres el acceso a esos espacios en paridad con respecto de los hombres. Lo mismo sucederá con la integración de planillas a Cabildos y de postulación de candidatos a cargos constitucionales. Independientemente de las discusiones que ocasiona la perspectiva de género, esta reforma abre un inédito en la historia regional.
REFERÉNDUM.- Otra de las novedades que trae consigo la reforma electoral es la inclusión del referéndum y del plebiscito como instrumentos de consulta ciudadana. El plebiscito sólo procederá cuando se trate de actos trascendentales o de especial interés para la vida en común. Por supuesto, aunque estas figuras políticas constitucionales pueden abrir otro inédito en nuestra historia regional, como es el de la mayor intervención de la sociedad en aquellos temas que le afectan, siempre estará de por medio la “necia voluntad de poder” del gobernante. Ojalá que, de veras, el referéndum y el plebiscito vayan a convertirse en formas activas de participación ciudadana y no sean condenadas a pura letra impresa.
REELECCIONES.- Entre los diputados locales no todos estuvieron de acuerdo en permitir las reelecciones de legisladores, hasta por cuatro periodos consecutivos, y de presidentes municipales por un periodo adicional. Hubo diputados que abiertamente señalaron en la tribuna que se trata de un abuso por parte de esta Legislatura. “Es una decisión voraz de poder, y una falta de respeto a la ciudadanía y a las interminables luchas sociales que se han tenido que enfrentar en México para exigir”, señaló el diputado perredista Filemón Hilario Flores. En su opinión, dichas reelecciones fomentarán la permanencia en el poder de quienes viven del erario y fortalecerá cacicazgos locales.