El abogado Abraham Lovan Esparza Galarza, de la Federación Mexicana de Colegios de Abogados, explicó el procedimiento que se sigue para que un juez libre la orden de cateo demandada por las presuntas víctimas, padres o tutores en caso de los menores de edad, contra el Arzobispado de San Luis Potosí, a fin de obtener los expedientes del caso Córdova Bautista. El profesionista dijo que, en su carácter de abogado, cree en la inocencia del sacerdote y abogado Eduardo Córdova Bautista, hasta que no se demuestre lo contrario, en las instancias debidas y en el marco de los procesos y garantías que se derivan del sistema de justicia penal mexicano.
Esparza Galarza dijo que la información que se ha vehiculado al respecto en los medios de comunicación no puede ser considerada por las autoridades judiciales; aunque los medios de comunicación sí pueden ayudar a la implementación del proceso, se requiere fundamentalmente de una prueba pericial, que se base en la denuncia.
La denuncia debe presentarse por el afectado y, cuando se da el caso de un menor de edad, por la madre, el padre o el tutor de ese menor; a partir de esta se realizan cuatro o cinco valoraciones psicológica y esto es suficiente para que el juez de la causa emita la correspondiente orden de cateo.
Mucho se ha hablado de este tema y estamos sorprendidos, ya que la difusión pública de los presuntos hechos se viene generando desde hace muchos años, dijo el abogado al preguntarse él mismo ¿Por qué ha pasado tanto tiempo sin que se interponga una denuncia?
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