Yucatán incrementa penas de hasta 65 años de cárcel por feminicidio

La diputada Rosa Adriana Díaz dijo que continuarán trabajando para que la violencia que se registra en otros estados, no alcance a los yucatecos.
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Aunque Yucatán se caracteriza por ser un estado seguro, el Congreso del estado aprobó leyes para endurecer las penas a los feminicidas, evitar que servidores públicos entorpezcan las investigaciones, así como la no prescripción de delitos sexuales en contra de menores, destacó la diputada Rosa Adriana Díaz Lizama.

Según las estadísticas preliminares, a nivel nacional y por entidad federativa, de los homicidios registrados en el país durante 2020, elaboradas por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, los estados con una menor tasa de homicidios registraron en 2020, fueron Yucatán, Aguascalientes, Campeche y Coahuila.

La también Coordinadora de la bancada del PAN en el Congreso de Yucatán, dijo que las autoridades, junto con los alcaldes electos continuarán trabajando para que la violencia que se registra en otros estados, no alcance a los yucatecos.

Con la reciente aprobación, también se estipula hacia todo delincuente por abuso sexual en contra de infantes menores de 15 años o quien no comprenda lo que se le está haciendo y no se pueda defender, la pena mínima será de 10 años de prisión y la máxima de 18 y desde 400 hasta 2 mil 500 días de multa.

Además, si los servidores públicos retrasan o entorpecen la procuración y administración de justicia, sea por negligencia o mal intencionadamente, serán acreedores a mínimo tres años de cárcel y máximo ocho y multas de 500 a mil 500 días; también serán destituidos entre seis y 10 años de sus cargos.

Por medio de este dictamen también se contemplan, en caso de considerarse razones de género en la comisión de los delitos, se tomará en cuenta las lesiones o mutilaciones de la víctima; al igual, si ejecutaran violencia física o psicológica, la violencia podría aumentar hasta el doble.

Asimismo, consideran nuevas atenuantes en razón de género con respecto al feminicidio, tales como: violencia comunitaria o política. Y también serán consideradas la familiar, laboral, escolar, económica, patrimonial y psicológica cometidas por el delincuente.

Se incrementará si se tiene parentesco por consanguinidad, afinidad o una relación sentimental, afectiva, laboral, docente, de confianza, o de alguna otra que evidencie desigualdad o abuso de poder entre el agresor y la víctima.

En cuanto al dictamen que aprobó la no prescripción de delitos sexuales quiere decir que “si un menor es abusado sexualmente en su infancia, podrá denunciarlo aún en su vida adulta, sin importar cuántos años hayan transcurrido desde que se cometió el delito”.