Fortalecen marco jurídico contra desaparición de personas en SLP

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*Comisiones legislativas aprueban modificaciones a la Ley en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares

Las y los integrantes de la Comisión de Justicia del Congreso del Estado, aprobaron por unanimidad el dictamen que expide la Ley en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares, y del Sistema Estatal de Búsqueda de Personas del Estado de San Luis Potosí, informó la diputada Cinthia Verónica Segovia Colunga.

La desaparición de personas, incluyendo la desaparición forzada, constituyen una violación pluriofensiva de derechos humanos, y un delito de lesa humanidad, debido a los daños irreparables que provoca en la víctima y el sufrimiento que ocasiona en sus familiares, sin dejar de lado el detrimento a la salud física y mental, así como a su patrimonio.

Este ordenamiento fortalece la acción del Estado en pro de las víctimas y familiares de personas desaparecidas o no localizadas, al crear la Unidad Especializada al interior de la Fiscalía General del Estado, encargada de la investigación y persecución de los delitos de desaparición forzada de personas y la cometida por particulares, en concordancia con el modelo federal.

Garantiza la protección integral de los derechos de las personas desaparecidas hasta que se conozca su suerte o paradero; establece la forma de participación de los familiares en el diseño, implementación, monitoreo y evaluación de las acciones de búsqueda e identificación de personas desaparecidas y no localizadas e integra a la Comisión Estatal de Búsqueda de Personas, a la Unidad de Atención a Personas Desaparecidas y Extraviadas (UAPDE) y la Coordinación de Alerta Amber, con presencia en todo el Estado.

Establece las Bases de Datos siguientes: Banco Estatal de Datos Forenses; Registro Estatal de Personas Fallecidas y No Identificadas; Registro Estatal de Fosas así como el Registro Administrativo Estatal de Detenciones.