Incluye diversos tipos de conductas que se han incluido en la ley general aplicable a fin de armonizarlos, indicó Dulcelina Sánchez de Lira

Para ampliar y perfeccionar los supuestos de la definición de acoso sexual e incluir diversos tipos de conductas que se han incluido en la Ley General aplicable, a fin de armonizarlos y encuadrar de mejor manera las circunstancias que permiten la configuración de dichos actos, la diputada Dulcelina Sánchez de Lira presentó una iniciativa de reforma a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado.
En la exposición de motivos señaló que la problemática del acoso sexual es un lastre que expresa una de las formas más normalizadas de violencia de género y su perpetración afecta de manera grave a las mujeres, ya que impacta negativamente en el pleno ejercicio de varios de sus derechos, en correlación con el lugar y la forma en que ocurren estos hechos denigratorios.
Por ejemplo, el acoso callejero, limita el derecho al libre tránsito y el uso del espacio público y el acoso sexual en el transporte público, vulnera el derecho a la movilidad, lo anterior entre otros casos posibles, que se dan en espacios tanto públicos como privados, por ejemplo, en el caso de escuelas y centros laborales.
Sánchez de Lira señaló que “el cometido de esta iniciativa, es ampliar y perfeccionar la definición de acoso sexual en la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de nuestro estado, considerando las nuevas adiciones de la Ley General. Pero además debe considerarse que no se plantea solamente limitarse a esta actualización, sino que, en forma de una aportación original, se pretenden adicionar otros elementos legislativos, en pro de la claridad de una definición que busca encuadrar conductas recurrentes que tienen repercusiones muy negativas”.
Al incluir los ejemplos concretos que se consideran en la Ley General, se establecen dos elementos para tratar de abonar a la claridad, por un lado, la naturaleza sexual de determinados actos, como por ejemplo las acciones de exhibicionismo y, por el otro, las connotaciones lascivas, que pueden ser el caso de algunos gestos y actos expresivos.