La Comisión de Justicia del Congreso avanza en reformas al Código Penal; sanciones irán hasta ocho años de prisión

En sesión de trabajo, la Comisión Primera de Justicia del Congreso del Estado de San Luis Potosí aprobó reformar el Código Penal local para tipificar como delito la violencia vicaria, una forma de agresión que afecta principalmente a mujeres y a sus hijas e hijos como medio de daño indirecto.
La diputada Leticia Vázquez Hernández, presidenta de la comisión, explicó que se adicionará un nuevo capítulo al Título Sexto del Código Penal, denominado “Violencia Vicaria”, así como el artículo 207 Ter, en el que se describe con precisión la conducta delictiva y las sanciones correspondientes.
De acuerdo con el dictamen, se considerará violencia vicaria cuando una persona cause daño intencionalmente a otra con quien tuvo una relación familiar, utilizando como instrumento de agresión a las hijas o hijos de la víctima, provocándoles daño físico y/o emocional.
Las sanciones por este delito contemplan penas de dos a ocho años de prisión, así como multas económicas que van de 140 a 200 unidades de medida de actualización.
En algunos casos, las penas podrían incrementarse hasta en una tercera parte, si el agresor actúa por medio de un tercero. Adicionalmente, el juez podrá determinar la pérdida de la patria potestad, derechos hereditarios, custodia, pensión alimenticia y establecer medidas restrictivas de convivencia.
La persona responsable también deberá someterse a tratamiento psicológico y programas de reeducación.
El dictamen será turnado al pleno del Congreso del Estado para su votación. De ser aprobado, San Luis Potosí se sumará a las entidades del país que reconocen la violencia vicaria como una conducta punible y autónoma en su legislación penal.