Juzgado Octavo de Distrito otorgó amparo a personas con discapacidad por violación a su derecho de participación

El Juzgado Octavo de Distrito concedió la suspensión del Plan Municipal de Desarrollo (PMD) 2024-2027 del nuevo municipio de Villa de Pozos, debido a que, para integrarse no hubo una consulta a personas con discapacidad.
De acuerdo con la resolución de amparo, en la demanda los promoventes indicaron que, el acto reclamado implica una omisión que constituye una violación a un derecho fundamental reconocido por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y por los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano es parte, específicamente, el derecho a la consulta previa, establecido en el artículo SECCIÓN DE AMPARO JUICIO DE AMPARO 435/2025-I-P 26/04/28 19:15:59 3030303031303030303030373036383839373332 SHEILA TAIDETH DIAZ COLIN 4.3 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
Ante esta situación, la jueza considero procedente otorgar la medida cautelar de oficio, al existir un interés colectivo de personas con diferentes discapacidades, ante esto las autoridades municipales deberán rendir un informe y acudir a una audiencia el próximo 15 de mayo.
Las personas con discapacidad buscan que se realice una consulta para que se pueden tomar en cuenta sus opiniones y estas sean integradas al Plan Municipal de Desarrollo para los tres primeros años de vida de este nuevo municipio.
Cabe recordar que, las personas con discapacidad se han amparado en diversos municipios por la falta de una consulta para la integración de los planes municipales de desarrollo y lo mismo ha pasado con Gobierno del Estado, a quienes las autoridades jurisdiccionales las han obligado a realizar una consulta.