Recaudará Sefin tres UMA por tonelada emitida por dióxido de carbono o su respectiva conversión expedida por Pymes

Publican en el Periódico Oficial del Estado las reglas de operaciones del denominando “Impuesto Ambiental” por la emisión de contaminantes

Luego de un año se publicaron en el Periódico Oficial del Estado (POES) las reglas de operaciones del denominando “Impuesto Ambiental” por la emisión de contaminantes, así como un acuerdo administrativo de estímulos fiscales contemplado para este 2025.

De acuerdo con la publicación del POES, establece que la Secretaría de Finanzas del Estado (Sefin) recaudará un total de tres UMA por tonelada emitida por dióxido de carbono o su respectiva conversión expedida por las Pymes potosinas, las cuales afectan de manera considerable los componentes de la atmósfera, es decir, la calidad del aire.

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Sin embargo, las empresas que produzcan de 25 a 100 mil toneladas de CO2 al mes, se les cobrará solamente una UMA ($108.57 diarios hasta 2024) por tonelada. En cuanto a las emisiones mensuales de 100 mil a 250 mil toneladas de CO2, se les cobrará 0.5 UMA por tonelada, y de 250 mil a un millón de toneladas de CO2; 0.25 UMA.

Por lo anterior, las y los representantes de las empresas están obligados a pagar este impuesto a más tardar el día 17 del mes siguiente al que corresponde el cálculo de las emisiones contaminantes.

Además, se deberá presentar una declaración anual sobre el Impuesto Ambiental con la finalidad de garantizar una transparencia entre los actores involucrados.