Imposible bajar reforma judicial del DOF, dice Consejería de Presidencia; es un hecho consumado

La Consejería argumentó que bajar la reforma violaría las facultades soberanas del Constituyente Permanente

La Mesa Directiva de la Cámara de Diputados recibió esta mañana la respuesta de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, sobre la consulta de si es procedente eliminar la publicación de la reforma judicial en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Ernestina Godoy, titular de la Consejería, señaló que la resolución de la titular del Juzgado Décimo Noveno de Distrito en el Estado de Veracruz, con residencia en la Ciudad de Coatzacoalcos, viola las facultades soberanas del Constituyente Permanente.

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Y refirió que se trata de un hecho consumado, por lo que es imposible suprimir la publicación de la reforma constitucional en el DOF.

“Nuestra opinión es en el sentido categórico de que ello no es en modo alguno viable, en virtud de que la publicación es un hecho irremisiblemente e irrevocablemente consumado, por lo que la eliminación ordenada por la Jueza de Distrito es de imposible realización legal, material y fáctica; más aún, se incurriría en una flagrante violación al principio de la integridad e inalterabilidad del Diario Oficial de la Federación previsto en el articulo 7º. Bis de la Ley que regula a ese órgano del Gobierno Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos”, respondió.

La funcionaria federal también refirió que con dicha publicación oficial, la reforma judicial “pasó a formar parte inseparable del texto constitucional vigente”.