Senado aprueba convocatoria para renovar cargos del Poder Judicial de la Federación

La sesión de la Cámara Alta se prolongó durante todo el día tras el llamado a receso por Gerardo Fernández Noroña debido a la falta de una firma para que la convocatoria pudiera discutirse en el Pleno.

Con 78 votos a favor y 39 en contra, el pleno del Senado de la República aprobó la convocatoria para integrar los listados de las personas candidatas que participarán en la elección extraordinaria de 2025, para renovar los cargos del Poder Judicial de la Federación.

El presidente de la Mesa Directiva, Gerardo Fernández Noroña, reiteró que por primera vez en la historia de nuestro país el pueblo elegirá, por voto universal, secreto y directo, a las personas juzgadoras.

En el documento, se convoca a los Poderes de la Unión para que integren e instalen sus respectivos comités de evaluación a más tardar el 31 de octubre de 2024, y para que, a través de ellos, llamen a toda la ciudadanía a participar en la elección de las personas que ocuparán los cargos de ministra o ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Además de magistradas y magistrados de la Sala Superior, magistradas y magistrados regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), magistradas y magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial, magistradas y magistrados de Tribunales Colegiados de Circuito, y magistradas y magistrados Colegiados de Apelación; así como juezas y jueces de distrito.

La presente convocatoria indica que los cargos a elegir en el Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial de la Federación, durante el periodo 2024-2025, son:

Cinco ministras y cuatro ministros de la SCJN; tres magistradas y dos magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial; una magistrada y un magistrado de la Sala Superior del TEPJF; diez magistradas y cinco magistrados de las Salas Regionales de TEPJF.

Además de 464 cargos a elegir para magistradas y magistrados de tribunales colegiados de circuito, y magistradas y magistrados de tribunales colegiados de apelación, que se señalan en los apartados correspondientes a cada circuito judicial del país, respecto de las materias competenciales de cada cargo.

Y 386 cargos a elegir para jueces y juezas de distrito, que se indican en cada uno de los apartados correspondientes a cada circuito judicial del país, respecto de las materias competenciales de cada cargo.

El Consejo General del Instituto Nacional Electoral podrá emitir los acuerdos que estime necesarios para la organización, desarrollo, recepción del voto, cómputo, vigilancia y fiscalización del Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial de la Federación 2024- 2025.

La convocatoria establece los requisitos que deben presentar las y los aspirantes; y precisa que las personas juzgadoras que actualmente se encuentren en funciones serán incorporadas a los listados de candidaturas que el Senado de la República remita al INE, al mismo cargo que tengan, excepto cuando manifiesten la declinación de su candidatura.

Aclara que, una vez instalados los comités de evaluación, éstos publicarán las convocatorias para participar en el proceso de evaluación y selección de postulaciones, a más tardar el 4 de noviembre de 2024; el plazo para que las personas interesadas se inscriban comprenderá del 5 de noviembre al 24 de noviembre de 2024.

Los comités de evaluación verificarán que las personas aspirantes que hayan concurrido a la convocatoria reúnan los requisitos constitucionales de elegibilidad, a través de la documentación que presenten, a más tardar el 14 de diciembre de 2024, y publicarán el listado de las personas que hayan cumplido con los requisitos constitucionales de elegibilidad el 15 de diciembre de 2024.

Posteriormente, los comités calificarán la idoneidad de las personas elegibles y publicarán el listado a más tardar el 31 de enero de 2025; darán a conocer los resultados en los estrados habilitados y los remitirán a más tardar el 4 de febrero de 2025 al Poder que corresponda, para su aprobación a más tardar el 6 de febrero de 2025.

Los listados aprobados en términos del numeral anterior serán remitidos al Senado de la República, a más tardar el 8 de febrero de 2025; la Cámara de Senadores integrará los listados y expedientes de las personas postuladas por cada Poder de la Unión y los remitirá al Instituto Nacional Electoral a más tardar el 12 de febrero de 2025, a efecto de que organice el proceso electivo.

En la discusión a favor y en contra del documento, el coordinador de Morena, Adán Augusto López Hernández, reiteró que ésta es una reforma profunda del sistema de justicia en el país, por decisión que tomó la mayoría del pueblo y a la cual obedeció el Poder Legislativo para que las y los mexicanos puedan elegir libremente a quienes quieran que sean sus juzgadores.

Del PAN, Mayuli Latifa Martínez Simón, aseguró que la justicia en México no se obtiene por sorteo, ni se garantiza por una tómbola; por lo que consideró que el proceso de insaculación que se realizó el sábado pasado, “fue un espectáculo, una simulación y el engaño más grande de Morena, porque es totalmente ilegal, amañado y tiene el fin de apoderarse del Poder Judicial”.

Carolina Viggiano Austria, del PRI, señaló que el proceso de insaculación, mediante el cual se utilizó una tómbola para decidir la elección de jueces, estuvo plagado de errores, “lo más terrible es que se le haya quitado el mérito a hombres y mujeres que se han esforzado durante muchos años para ser juristas”.

En tanto, Luis Alfonso Silva Romo, del PVEM, afirmó que la convocatoria para que se integren los comités de evaluación permitirá que los mejores perfiles de juzgadores y juzgadoras puedan aspirar a la prueba de la voluntad popular, ya no se hará en lo “oscurito” como era en otros sexenios, manifestó

Por Movimiento Ciudadano, Clemente Castañeda Hoeflich lamentó que, “de un plumazo”, esta reforma “borre la historia” constitucional del país, además de advertir que la elección de personas no resolverá los problemas del sistema judicial; “al contrario, lo que vamos a provocar es la dependencia, la subordinación y el clientelismo del Poder Judicial al poder político”.