Tribunal Electoral multa a Xóchitl Gálvez por uso de logo del INE

Las magistraturas estimaron que las publicaciones de Xóchitl Gálvez vulneraron los principios de certeza, legalidad y equidad en la contienda

Lo anterior, luego de la denuncia que presentó Morena contra Gálvez Ruiz y la coalición Fuerza y Corazón por México, por una publicación que realizó en su perfil de X en la que difundió imágenes de espectaculares con los que sugería al INE realizar una campaña para evitar el uso indebido de programas sociales durante el desarrollo de las campañas electorales.

“Es existente la vulneración a las reglas de propaganda y, en consecuencia, a los principios de certeza, legalidad y equidad en la contienda con motivo de la inclusión del logotipo del INE atribuida a Bertha Xóchitl Gálvez Ruiz en términos de la sentencia”, refiere el proyecto aprobado por unanimidad de votos.

El pasado 15 de mayo, la sala superior del TEPJF revocó la resolución de la sala especializada y le ordenó analizar nuevamente si la difusión de espectaculares con el logotipo y la tipografía del INE, por parte de la candidata presidencial, es propaganda política. En su resolución inicial, la sala especializada del TEPJF determinó que la candidata de PAN, PRI y PRD, no vulneró las reglas de propaganda electoral por la difusión de los referidos espectaculares con el logo y tipografía del árbitro electoral. Además, estimó que las publicaciones no pueden considerarse una vulneración a las reglas de propaganda electoral o al modelo de comunicación política, pues había suficientes elementos semánticos y contextuales que permitirían inferir la intención de la publicación.

Inconforme con ello, Morena impugnó esa decisión ante la sala superior, cuyo pleno rechazó, por unanimidad de votos, el sentido del proyecto elaborado bajo la ponencia de su par Felipe de la Mata Pizaña, que proponía confirmar el fallo de la especializada.