La Suprema Corte de la ministra presidenta Norma Piña Hernández estalló una severa crisis de confrontación de poderes: el poder judicial busca con presiones callejeras impedir que el poder legislativo ejerza sus facultades constitucionales de decisión sobre el gasto público y cayó en delitos de ataques a la paz pública, sabotaje y motín.
Asimismo, azuzados por la SCJN, trabajadores sindicalizados chocaron con violencia contra la policía.
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Mientras la oficial mayor de la Suprema Corte, Gisela Morales González, se presentaba ante diputados de la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados para ofrecer “la mejor disposición para analizar y dialogar con ustedes”, trabajadores de base y funcionarios medios del poder judicial paralizaban la Ciudad de México con bloqueos con pequeños grupos de personas para impedir y bloquear decisiones del poder legislativo.
Lo paradójico del caso ha sido que el poder judicial encargado de la vigilancia estricta de las leyes salió a las calles en movilizaciones para impedir por la fuerza que el poder legislativo aplicara las leyes en decisiones presupuestales del poder judicial.
El asunto de los fideicomisos judiciales tiene espacios muy precisos: los recursos en esas cuentas no benefician a los trabajadores de base, sino que están diseñados para favorecer a funcionarios medios y altos que no participan de las estructuras sindicales.
En este contexto, la defensa en las calles de los fideicomisos del poder judicial constituyó acciones no legales para defender estructuras que forman parte del presupuesto federal que determina por ley el poder legislativo. En términos jurídicos, la SCJN tiene caminos legales formales para proteger sus fideicomisos, pero la ministra presidenta de la Corte avaló la movilización amotinada de trabajadores de base para que salieran a defender los privilegios de funcionarios medios no sindicalizados.
Los bloqueos en las calles por parte de trabajadores del poder judicial para impedir decisiones legales y constitucionales del poder legislativo colocaron a la SCJN en línea de confrontación y de choque con el poder legislativo que decidió la desaparición de fideicomisos y se extendió a la ruptura de las relaciones institucionales con el poder ejecutivo por el cruce de cuestionamientos entre la ministra presidenta y el presidente de la república.
La dimensión de la crisis política en las relaciones del poder judicial con los poderes legislativo y ejecutivo –los tres poderes del Estado– estuvo en el uso de métodos de protestas callejeras, sin pasar antes por los mecanismos institucionales legislativos. Los encargados judiciales de hacer respetar la ley usaron formas de protesta popular no legal para obligar a las autoridades a cambiar decisiones.
El uso de la fuerza tumultuaria por parte de trabajadores del poder judicial, con el aval y apoyo de los funcionarios del área, violan las reglas de convivencia institucional. Por ejemplo, el código penal para la Ciudad de México establece el delito de ataques a las vías públicas, a quienes con “violencia, realicen acto en contra de las personas, de los bienes públicos o servicios públicos que perturben la paz pública”.
El artículo 363 caracteriza el sabotaje como quien “dañe o entorpezca las vías de comunicación del DF”. Y el 364 determina el motín como las acciones “para conseguir que se les reconozca o conceda algún derecho, en forma tumultuaria”, a quienes “amenacen a la autoridad para obligarla a alguna determinación” y “por medio de la violencia en las personas o sobre las cosas perturben el orden público”.
Las protestas callejeras del personal de base del poder judicial el lunes y martes y toda la semana actual se convirtieron en acciones populares para evitar decisiones constitucionales del poder legislativo en materia de presupuesto para el sector, con el engaño de que la ministra presidenta Piña Hernández había enviado a la oficial mayor de la Corte a dialogar con diputados, pero al mismo tiempo avalaba y daba permiso a los trabajadores de base y algunos funcionaros no sindicalizados para protestar en las calles violentando el orden público.
La peor parte de la crisis en la relación del poder judicial con los poderes legislativo y ejecutivo debe analizarse con la ineficacia –para decir lo menos— de la ministra presidenta de la Corte al no saber gestionar las relaciones políticas normales de su cargo en su interrelación con los otros poderes de la Federación.
La crisis estalló cuando las Corte no negoció su presupuesto ni sus fideicomisos, sólo estableció montos y respondió con movilizaciones callejeras a las facultades constitucionales del Congreso para decidir sobre el presupuesto en los espacios institucionales del Palacio Legislativo.
La disminución del gasto judicial y la desaparición de fideicomisos de la corte son facultades constitucionales del poder legislativo a través de decisiones que requieren de mayoría simple en las dos cámaras. Y ambas decisiones no afectan los ingresos salariales y prestaciones legales de los trabajadores, sino que influyen sobre partidas especiales que tienen que ver con beneficios para los funcionarios medios y altos y no para las bases laborales.
Política para dummies: La relaciones entre poderes debe ser política, no de fuerza.
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