INAH deberá notificar antes de intervenir territorios indígenas

El pleno del Senado aprobó un dictamen por el que se establece el 7 de octubre de cada año como “El Día del Dibujante, la Caricatura y la Historieta”

El pleno del Senado aprobó por unanimidad una modificación a la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, en la que se establece que, antes de realizar trabajos para descubrir o explorar monumentos arqueológicos en territorio indígena, el Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) tiene que notificar con anticipación a los pobladores, a la autoridad del pueblo o a la respectiva comunidad.

De esta manera, destaca el dictamen avalado, se garantiza el derecho a la consulta y al consentimiento libre, previo e informado

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En la reforma al artículo 30 de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, se precisa que “si los monumentos se encuentran en lugares donde habitan comunidades y pueblos indígenas, se les deberá consultar su aprobación”.

También se resalta que el INAH debe informar a la autoridad legítima de la comunidad acerca de la naturaleza y alcances de los trabajos de investigación y exploración, así como las condiciones de limitación del acceso a los predios que, eventualmente, sean objeto de tales actividades, con lo que se atiende el criterio de la consulta a los pueblos y comunidades indígenas en los casos en que la actividad del Estado pueda causar impactos significativos en su vida o entorno.