La entrada en vigor de la NOM-237 pondría en jaque a las escuelas particulares, ya que no tendrían dinero ni para ampararse.
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Esto, entre otras cosas, porque obliga a los colegios a tolerar durante tres meses el incumplimiento de pago antes de poder suspender el servicio. Además de que los planteles tendrán costos administrativos extra.
“Desde el instante mismo de la publicación de la NOM- 237, en el caso de que se hiciera, en cifras muy conservadoras, por lo menos 18 mil escuelas particulares del Sistema Nacional de Educación estaríamos en una gran desventaja, porque no podríamos, no sólo cubrir los costos que la nueva norma nos obligaría; tampoco podríamos defendernos de esta decisión mediante un juicio de amparo, por los altos precios de judicializar nuestro reclamo”, indicó José Rogelio Varela, presidente de la Federación de Escuelas Particulares del Norte de Sonora.
El 6 de septiembre pasado, un grupo de integrantes de la Federación de Escuelas Particulares advirtió que la norma “obligaría a las instituciones particulares a incrementar sus colegiaturas entre 12 y 15%, sólo para cubrir financiamientos por el atraso de hasta tres meses, sin contemplar los costos administrativos y operativos que se generarán”.
Estimaciones de los representantes de asociaciones de colegios privados, argumentan que, si se toman como referencia 18 mil escuelas, con un promedio mínimo de 35 alumnos, la cantidad de menores que se quedarían sin continuar con sus estudios serían 630 mil.
“Si a ellos se les cobra un promedio de mil 200 pesos al mes, las instituciones particulares dejarían de recibir al año 9 mil 72 millones de pesos, lo que implicará el cierre del empleo para 54 mil docentes; lo que nos daría la cifra de 99 mil empleos afectados”, detalló.
El representante explicó que si se realiza un promedio de 7 mil pesos de salario por empleo, la nómina anual que se perdería de las 18 mil escuelas suma 8 mil 316 millones de pesos, mientras que gobiernos estatales dejarían de recaudar 207 millones 900 mil pesos por impuesto sobre nómina; el gobierno federal dejaría de percibir 277 millones 992 pesos de ISR de los empleos; el IMSS, mil 771 millones 729 mil 740 pesos: y el Infonavit, 415 millones 800 mil pesos.
Disposiciones
La Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-237-SE-2020, publicada en el DOF en mayo de 2021, señala que particulares deben sujetarse a:
- Aceptar sin cargo alguno los pagos por colegiaturas, dentro de los primeros 15 días de cada mes.
- Las colegiaturas pueden determinarse por grado, pero su costo no variará durante el ciclo escolar.
- No deberán establecer cuotas o aportaciones extraordinarias a los consumidores del servicio.
- No pueden exigir a los usuarios que adquieran con ciertos proveedores útiles, vestuario, libros y otros artículos.
- Está prohibido establecer tarifas, respecto a la utilización de bibliotecas, laboratorios y talleres.
- Deben presentar a los consumidores los ajustes de cobro y cambios de servicio para el siguiente ciclo escolar.
- En ningún momento los colegios realizarán la retención de documentos personales y académicos de los estudiantes.
- Los colegios tendrán la obligación de continuar con clases, pese al incumplimiento de más de 3 meses de colegiaturas.
- Los proveedores de servicios educativos pueden convenir un plan de pagos con el padre de familia.
- El estudiante tendrá derecho a presentar exámenes extraordinarios, igual que los demás alumnos, en caso de incumplimiento de pagos por los padres de familia.