Precios máximos del gas LP afectarán “irreversiblemente” nuevas inversiones: Coparmex

Precios

La decisión gubernamental de aprobar precios máximos al gas LP, en un proceso que incumple la Ley de Mejora Regulatoria, afectará irreversiblemente la inversión actual y las futuras, además de afectar la reactivación económica, dijo la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex).

Además de que el proyecto no contó con el aval técnico de la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) la cual debe de determinar que no existan las condiciones de competencia en el mercado de gas LP, además de que la medida de precios máximos puede contravenir diversas leyes federales en materia de hidrocarburos.

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La Coparmex dijo que “la regulación presentada por la CRE y avalada por la Conamer para su publicación el mismo día en el Diario Oficial de la Federación, pudiera provocar afectaciones irreversibles para la inversión y participación de nuevos actores, lo cual juega en contra de la urgente reactivación económica y la competitividad del país”. 

Como regularmente ocurre en los proyectos vinculados al sector energético la metodología para imponer precios máximos al gas LP se realizó en forma exprés, en fast track, e incumpliendo la Ley de Mejora Regulatoria, afirmó la Coparmex.

El proyecto de precios máximos que la Comisión Reguladora de Energía (CRE) presentó a la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer) no debió tratarse con un Análisis de Impacto Regulatorio (AIR) de Emergencia, porque se trata de un asunto referente a  precios del combustible que responden a una evolución natural y ello no representa un riesgo inminente para la población.

Lo que significa que “la propuesta incumple con la Ley de Mejora Regulatoria para ser clasificada como Análisis de Impacto Regulatorio de emergencia”.

“Cabe resaltar que la regulación obtuvo un proceso exprés por parte de la Conamer ya que fue publicada el mismo día en que se recibió, con lo cual quedó cancelada toda posibilidad de hacer un análisis de impacto y su respectiva consulta pública. Como hemos advertido anteriormente, la aprobación “fast track” es recurrente en proyectos vinculados al sector energético”. 

Ese trato emergente o exprés impidió que los particulares dieran sus opiniones sobre la regulación, porque el proyecto no se sometió a consulta pública, al darse el dictamen total final, por parte de la Conamer, en cuestión de horas.