Con una iniciativa de nueva Ley sobre el Régimen de Propiedad en Condominio para el Estado de San Luis Potosí se busca fomentar una mejor convivencia social de las personas que habitan en ese tipo de construcciones y contribuir a prevenir conductas antisociales al promover la cultura del respeto por las personas y sus bienes.
Dicha iniciativa fue presentada por la diputada Marianela Villanueva Ponce, junto con los legisladores Juan Manuel Segovia y Martín Álvarez Martínez.
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Se incluye en esta iniciativa el fomento de la cultura condominal, y se precisan sanciones en caso de que sus habitantes hagan caso omiso a los acuerdos establecidos en la ley, acuerdos y asambleas.
En la exposición de motivos, la legisladora señala que debido al crecimiento que se ha dado en los últimos años para desarrollos habitacionales y comerciales en regímenes condominales, se hace impostergable la inclusión de una instancia que sea la encargada de velar el cumplimiento de la Ley, y de atender las inconformidades entre condóminos, resolverlas a través de procedimientos claros, efectivos e inmediatos.
Entre los principales aspectos de esta iniciativa, se encuentra el otorgar personalidad jurídica al régimen de condominio como persona moral, lo cual permitirá resolver problemas legales y administrativos, así como controversias ante instancias administrativas o jurisdiccionales.
Los constructores deberán dejar establecida la primera Asamblea General, tan pronto se haya vendido el 50% de las unidades de propiedad exclusiva o se cumplan dos años sin considerar el porcentaje enajenado. En este sentido, las asambleas serán únicas sin distinción de ser ordinarias u extraordinarias y en cuanto al voto, se simplificará la mecánica para llevar a cabo la misma.
Se propone crear el Comité de Representantes para facilitar las determinaciones y se incluye el término de cultura condominal, a fin de fomentar el respeto entre los vecinos, preservar el equilibrio ecológico, promover pero regular los eventos sociales, culturales o deportivos interiores; y se otorga al ayuntamiento la facultad de mediador entre partes en conflicto, de manera que se concrete a facilitar un arreglo, y de no alcanzarse éste, el administrador se encuentra facultado para acudir ante las instancias jurisdiccionales respectivas en un juicio sumario; en caso de que las partes quisieran someterse al arbitraje deberán seguir las reglas establecidas en el Código de Comercio.
“El Estado de San Luis Potosí, requiere mejorar la convivencia entre todos los sectores sociales, políticos y productivos, y tomar la decisión de contribuir, con propuestas normativas, a mejorar la calidad de vida de quienes habitan o trabajan en viviendas o comercios sujetos al régimen de propiedad en condominio”, señala.
Esta iniciativa fue turnada a las comisiones de Desarrollo Territorial Sustentable; Gobernación; y Puntos Constitucionales.