Se escuda Iglesia en Derecho Canónico para ocultar información

No obstante el abogado Armando Martínez Gómez, a nombre y con la representación del Arzobispo comprometió colaborar con las autoridades judiciales para llevar al esclarecimiento el caso en el que se debate el abuso sexual reiterado del ex sacerdote Eduardo Córdova Bautista, amparándose en una legislación interna, el artículo 1445 del Código Canónico, negó la información solicitada por la Fiscalía Especial creada para atender las denuncias formuladas contra el citado personaje.
Así lo dio a conocer el procurador general de Justicia en el Estado, Miguel Ángel García Covarrubias, informó también que la arquidió-cesis a través del abogado y la familia de un menor afectado por Eduardo Córdova Bautista ratificarlo la denuncia el miércoles 5 de junio, la ratificación elevó a una veintena el número de víctimas de pederastia clerical imputadas a Eduardo Córdova.
La asociación civil Iniciativa Ciudadana para la defensa de las víctimas de pederastia, presentó una denuncia formal en la que se engloba a 19 personas, por la que procedió la apertura de la Averiguación Previa Penal 289/V/2014; la asociación civil, a través de su vocero Martín Faz Mora ofreció la posibilidad de ir ampliando la denuncia.
Frente a ese número, se determinó la creación de la Fiscalía Especial, que contempla la actuación de siete Agentes del Ministerio Público, que contarían en principio con el auxilio de un psicólogo y alrededor de nueve agentes de la Policía Ministerial.
Fuentes de la Procuraduría revelaron que la Arquidió-cesis de San Luis Potosí señalaron que conforme a la denuncia interpuesta el 22 de mayo por la institución religiosa, esta no otorgó los elementos y datos ofrecidos en dicha acción, con el argumento de que la legislación que rige a la institución religiosa, les impide de manera expresa revelar secretos de confesión y de procedimientos canónicos.
No obstante el Tribunal Eclesiástico instruido por la Congregación para la Doctrina de la Fe, dictaminó la reducción del acusado Córdova Bautista al estado laical, encontrándolo responsable de los delitos imputados internamente.
Ante esta negativa, la Procuraduría reclamará la entrega de los expedientes que guarda en su poder la Arquidiócesis entre el año de 1998 y 2012.
Justo la primera fecha (1998) se instauró un primer juicio interno al través del tribunal arquidiocesano, en cuyo proceso se emitió un dictamen de no responsabilidad; entre 2006 y 2007 se le instruyó, por la misma causa, un segundo proceso, en el que tampoco se encontró responsabilidad; sin embargo, en 2011 y 2012, al persistir las denuncias, la arquidiócesis decidió trasladar el caso a la Congregación para la Doctrina de la Fe, en donde se erigió un nuevo juicio por el que se encontró responsable a Córdova Bautista y se dictaminó su reducción al estado laical, tenido como la pena máxima, después de la ex comunión,  que puede aplicarse a un sacerdote.

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