El Congreso del estado de San Luis Potosí aprobó la reelección de los diputados locales hasta por cuatro periodos consecutivos (12 años) y la reelección de los alcaldes, síndicos y regidores por el periodo siguiente.
En diversas reformas a la Constitución del Estado, los legisladores además aprobaron su armonización con la Constitución federal en materia político-electoral.
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El Artículo 48 constitucional establece: “Los Diputados podrán ser electos hasta por cuatro periodos consecutivos. La postulación sólo podrá ser realizada por el mismo partido o por cualquiera de los partidos integrantes de la coalición que los hubieren postulado, salvo que hayan renunciado o perdido su militancia antes de la mitad de su mandato”.
El Artículo 114 refiere que los ayuntamientos se compondrán por un presidente municipal y el número de regidores y síndicos que la ley determine… quienes podrán reelegirse por un periodo adicional por el mismo cargo.
La postulación (de los ediles) sólo podrá ser realizada por el mismo partido o por cualquiera de los partidos integrantes de la coalición que los hubiere postulado, salvo que hayan renunciado o perdido su militancia antes de la mitad de su mandato.
En la Constitución también se redujo de 35 a 30 años la edad para ser gobernador del estado, conforme al contenido del Artículo 73.
Las reformas en materia de reelección de diputados, presidentes municipales, síndicos y regidores no serán aplicables a los legisladores y ediles que hayan protestado el cargo en la legislatura o Ayuntamiento que se encuentren en funciones.
Con la armonización político-electoral impone que los consejeros del Consejo Estatal Electoral y Participación Ciudadana (CEEPAC) serán nombrados por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE); que el Tribunal Electoral del Estado no formará parte del Poder Judicial del Estado, se integrará por tres magistrados electorales que actuarán en forma colegiada y serán electos por el Senado de la República.
La reforma aprobada por el pleno del Congreso será enviada a los 58 ayuntamientos de San Luis Potosí para que sea avalada a más tardar máximo el 30 de junio, al menos por la mitad más uno de los cabildos, para que pueda entrar en vigor en las elecciones constitucionales de 2015.