El gobierno federal publicó reformas a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación que permite a la Comisión de Administración del Tri-bunal Electoral determinar el “haber de retiro” de los ma-gistrados de la Sala Superior.
La posibilidad de entregar pensiones a los magistrados se presenta a pesar de que, durante esta semana, el PAN solicitó al presidente Enrique Peña Nieto vetar la fracción 31 del artículo 209 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, referente al tema de los “haberes de retiro”. De acuerdo con el decreto que fue publicado ayer en el Diario Oficial de la Federación.
Fueron modificados los artículos 185, 186, 192 y 195, y se adicionaron dos fracciones al artículo 209 de la ley, y en el 31 se establece el “haber de retiro”.
La Comisión de Administración podrá “determinar, en su caso, el ‘haber de retiro’ de los magistrados de la Sala Superior”, señala la modificación en vigor.
El pasado 15 de mayo, la Cámara de Diputados aprobó en lo general y lo particular la legislación secundaria político-electoral, en la que se aprobó un “haber de retiro” para los magistrados electorales. La legislación establece que la Comisión de Administración del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), integrada por los propios magistrados y por integrantes del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), podrá determinar el “haber de retiro”.
El punto, que fue aprobado con los votos del PRI y PVEM, generó rechazo en los partidos de oposición, que mencionaron que se trataba de un “soborno”. Tras darse a conocer la pensión que podrían obtener los magistrados.
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