Tribunal Electoral, sin indicios de ‘narcocandidatos’ en Michoacán

María de Jesús García Ramírez,  presidenta del TEEM, defendió la actuación de ese órgano jurisdiccional durante el proceso electoral 2011, ante las detenciones del ex gobernador interino Jesús Reyna García y de presidentes municipales.

La presidenta del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM), María de Jesús García Ramírez, defendió la actuación de ese órgano jurisdiccional durante el proceso electoral 2011, ante las detenciones del ex gobernador interino Jesús Reyna García y de los presidentes municipales de Apatzingán, Lázaro Cárdenas y Aguililla, por presuntos vínculos con el crimen organizado.

“Yo creo que no debiera ponerse en tela de duda el actuar de ningún tribunal por el hecho de que alguna autoridad con competencias diferentes –como la Procuraduría General de la República– lleve a cabo investigaciones y cumpla con la función que le corresponde”.

En el TEEM, como en cualquier otro tribunal, se resuelven los asuntos con base en las pruebas que obran en los expedientes y sus fallos pueden ser revisados, ratificados o revocados, cuando no se comparten los criterios de una instancia, indicó la magistrada.

En el caso concreto de la calificación de la elección del gobernador sostuvo que no había ningún elemento para anular los comicios, como lo solicitaron algunos partidos políticos y la resolución de validarlos fue ratificada por la sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), por lo que no puede decirse que el tribunal actuó de manera parcial.

“El pleno revisó de manera minuciosa el expediente y, por unanimidad, determinó calificar de válida la elección, al no advertir elementos que ameritaran su anulación, los 11 temas que se hicieron valer como causa de nulidad, fueron revisados por los magistrados del TEPJF y tomaron la determinación de confirmar que la decisión del TEEM”.

García Ramírez consideró que entonces la decisión del TEEM fue acertada porque de no haber sido así habrían revocado el criterio y no solo de esa resolución sino de todos los actos impugnados dentro del proceso, pero todos fueron confirmados.