Ejecutivo no vetó el bono para Trife

El gobierno federal publicó reformas a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación que permite a la Comisión de Administración del Tribunal Electoral determinar el “haber de retiro” de los magistrados de la Sala Superior.

La posibilidad de entregar pensiones a los magistrados se presenta a pesar de que, durante esta semana, el PAN solicitó al presidente Enrique Peña Nieto vetar la fracción 31 del artículo 209 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, referente al tema de los “haberes de retiro”.

De acuerdo con el decreto que fue publicado ayer en el Diario Oficial de la Federación, fueron modificados los artículos 185, 186, 192 y 195, y se adicionaron dos fracciones al artículo 209 de la ley, y en el 31 se establece el “haber de retiro”.

La Comisión de Administración podrá “determinar, en su caso, el ‘haber de retiro’ de los magistrados de la Sala Superior”, señala la modificación en vigor.

El pasado 15 de mayo, la Cámara de Diputados aprobó en lo general y lo particular la legislación secundaria político-electoral, en la que se aprobó un “haber de retiro” para los magistrados electorales.

La legislación establece que la Comisión de Administración del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), integrada por los propios magistrados y por integrantes del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), podrá determinar el “haber de retiro”.

El punto, que fue aprobado con los votos del PRI y PVEM, generó rechazo en los partidos de oposición, que mencionaron que se trataba de un “soborno”.

Tras darse a conocer la pensión que podrían obtener los magistrados, el diputado Manlio Fabio Beltrones, líder del PRI, dijo que su partido presentaría una iniciativa para eliminar el carácter vitalicio del “haber de retiro” y determinar que sólo se les otorgue durante dos años.

El PRD y el PAN se opusieron a la entrega de los recursos cuando estos dejen de prestar sus servicios al TEPJF. Los magistrados se defendieron de los argumentos de la oposición, al afirmar que no se trata de una pensión vitalicia.

Además, mencionaron que la figura del “haber de retiro” está contemplada en la Constitución, porque quienes llegan a formar parte del TEPJF tienen prohibido ejercer como abogados durante dos años, una vez que concluyen su cargo.

Tras la polémica generada, el pasado miércoles los siete magistrados de la sala superior del TEPJF anunciaron que no cobrarían ni un peso del “haber de retiro”.

Al iniciar la sesión, los magistrados calificaron la información difundida sobre el “haber de retiro”como imprecisa, maliciosa y tendenciosa, y acusaron a los medios de comunicación de ser imprecisos.

Pese a la polémica, ayer se publicó el “haber de retiro” dentro del paquete de la reforma electoral que entrará en vigor hoy.