Detallan derechos de mexicanos repatriados

La Secretaría de Gobernación (Segob) publicó hoy en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se reforma la Ley General de Población, para detallar los derechos de los mexicanos repatriados en los lugares destinados a su recepción.
El documento indica que se reforman los párrafos segundo y tercero del artículo 84 de la ley, que señala que la Segob.
Con la reforma, el segundo párrafo expone que la Segob vigilará que en los lugares destinados para la recepción de mexicanos repatriados serespeten sus derechos de acceder a comunicación telefónica; a recibir agua y alimentos, un espacio digno, enseres básicos para su aseo personal y atención legal, psicológica y médica.
El documento agrega los derechos a ser apoyados en el traslado a su lugar de residencia en México; a que se cuente con áreas de estancia separadas para mujeres y hombres, garantizando el derecho a la preservación de la unidad familiar, excepto en los casos en los que la separación sea por el interés superior del niño o adolescente. La cancillería también deberá vigilar que se cuente con espacios separados para niñas, niños y adolescentes repatriados no acompañados para su alojamiento; que en las instalaciones se evite el hacinamiento, y a recibir un trato digno y humano.
El tercer párrafo del artículo 84, señala que la dependencia federal promoverá acciones de coordinación interins-titucional para brindar a los mexicanos repatriados una adecuada recepción.