Emiten criterios para venta de alimentos en escuelas

Las escuelas del Sistema Educativo Nacional promoverán entre la comunidad educativa, la adopción de estilos de vida saludables como el consumo de verduras, frutas y alimentos naturales, así como beber agua simple potable, como primera opción de hidratación.

Así lo establece el acuerdo de la Secretaría de Educación Pública (SEP) mediante el cual se fijan los lineamientos generales para la venta y distribución de alimentos y bebidas preparados y procesados en dichos planteles, a fin de promover en los menores el crecimiento y desarrollo adecuado y en los adultos prevenir enfermedades.

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Además, los planteles verificarán que los espacios donde se preparan y expenden los alimentos y bebidas cuenten con las condiciones que garanticen la salud y seguridad de la comunidad escolar.

El documento publicado este viernes en el Diario Oficial de la Federación (DOF) indica que el acuerdo podrá ser revisado en cualquier momento, para fortalecer el bienestar físico y mental de los estudiantes y fomentar una mejor calidad de vida.

La disposición que incluye 19 artículos y tres transitorios indica que serán las autoridades educativas quienes deberán garantizar que las escuelas cuenten con agua potable, infraestructura y equipamiento necesarios para brindar higiene y seguridad en la preparación, expendio y distribución de alimentos y bebidas.

Asimismo deberán difundir el contenido del presente acuerdo y su anexo único que incluye los criterios para la integración de una alimentación correcta en escolares, así como la preparación del refrigerio escolar desde casa.

En tanto, queda prohibida la preparación, expendio y distribución de alimentos y bebidas en las escuelas que por representar una fuente de azúcares simples, harinas refinadas, grasas o sodio, no cumplan con los criterios nutrimentales del anexo único y pongan en riesgo la salud del educando.

El documento que entrará en vigor a partir de hoy señala que los prestadores de servicios educativos que propicien la preparación, expendio y distribución de alimentos que contravengan lo señalado en el acuerdo serán sancionados de acuerdo a lo establecido en el artículo 76 de dicho ordenamiento legal.

El dictamen indica que se derogan las disposiciones que se opongan a este acuerdo y aclara que la puesta en marcha del acuerdo y su anexo único en las escuelas del tipo básico iniciará a partir del ciclo escolar 2014-2015 y en las de del nivel medio superior y superior en el ciclo lectivo correspondiente al segundo semestre de 2014.