CONGRESO

Analizan propuesta para reforma reglamento para el gobierno interior del Legislativo

  • Propone la estructura y contenido de las iniciativas, puntos de acuerdo y dictámenes para garantizar la seguridad jurídica de los textos normativos.

A las comisiones de Puntos Constitucionales y Gobernación fue turnada la iniciativa de reforma a los artículos 62 en su párrafo primero, 65, 67 en su fracción I, 73 y 86 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso del Estado, para establecer la estructura y contenido de iniciativas, puntos de acuerdo y dictámenes.

Con esta iniciativa, se propone la estructura y contenido de las iniciativas, puntos de acuerdo y dictámenes, con el objetivo de garantizar la seguridad jurídica de los textos normativos que se presentan para su discusión y aprobación, en su caso, en el seno del Poder Legislativo.

Se busca responder a la meta de los Objetivos de Desarrollo Sostenible en materia de paz, justicia e instituciones sólidas: crear instituciones eficaces, y que se presenta en el ejercicio del derecho a participar en el gobierno del país y en la dirección de los asuntos públicos, de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y la Convención Americana Sobre Derechos Humanos.

La iniciativa busca reformar el párrafo primero del artículo 62, para hacer mención expresa de las iniciativas de decreto, de acuerdo administrativo y de acuerdo económico, dado que solo se hace mención de las iniciativas de ley. También se propone la estructura y el contenido de las iniciativas, para incluir las siguientes formalidades:

Encabezado o título; Destinataria/o; Proemio: nombre de quien o quienes presentan la iniciativa, carácter con el que se presenta, grupo parlamentario y Legislatura (en su caso), fundamento constitucional, legal y reglamentario para legislar en la materia y nombre descriptivo de la iniciativa; Exposición de motivos; Proyecto de Decreto: texto normativo estructurado conforme a las normas de la técnica legislativa y las reglas para leyes nuevas o decretos de modificación; así como Disposiciones transitorias (según corresponda).