Acuerdan consultar a expertos sobre lineamientos para implementación de consulta pública de discapacitados

  • En sesión de trabajo por videoconferencia, se da visto bueno a diversos dictámenes

En reunión de la Comisión de Derechos Humanos, Igualdad y Género, que preside la diputada Marite Hernández Correa, se acordó la realización de un Foro de Consulta con expertos para establecer los lineamientos para implementación de consulta pública de las personas con discapacidad, a realizarse por medio de videoconferencia el próximo 8 de febrero.

Esto, para obtener información adicional en este tema, principalmente por las condiciones sanitarias que se enfrentan actualmente por situación del COVID-19.

“La idea es generar una discusión, una ruta precisamente con los expertos que nos briden la posibilidad de atraer elementos para el trabajo de la Comisión de Derechos Humanos en esta materia, y a partir de ahí tomar una determinación”, indicó la diputada Marite Hernández.

También, en la sesión de trabajo, se aprobó la adición al artículo 12 en su fracción III el inciso S) de la Ley de las Personas Adultas Mayores del Estado de San Luis Potosí, para incluir dentro del Consejo Gerontológico al Instituto de los Pueblos y Comunidades Indígenas.

Se aprobó la adición a los artículos, 65 BIS, y 65 TER, de la Ley de la Persona Joven para el Estado y Municipios de San Luis Potosí, en lo relacionado a la realización del Parlamento de las y los Jóvenes por parte del Congreso del Estado.

Fue aprobada la reforma al artículo 68 en su fracción XVII; y adicionar al mismo artículo 68 una fracción, ésta como XVIII, por lo que actual XVIII pasa a ser fracción XIX, de la Ley de la Persona Joven para el Estado y Municipios de San Luis Potosí, para establecer como facultades de Instituto de la Juventud, que se pueda celebrar convenios de colaboración con los entes públicos estatales, municipales y federales, para que se abran espacios para ser usados para la promoción y pleno ejercicio de expresiones artísticas.

Fue aprobada la adición al artículo 84 Bis, a la Ley de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de San Luis Potosí, para que los niños o jóvenes extranjeros que sean susceptibles de reconocimiento de condición de refugiado, sean atendidos por el DIF para que los auxilie ante el Instituto de Migración.

Se aprobó la adición en el Título Primero el capítulo IV “De la Familia de los Usuarios” y el artículo 5° Bis, de la Ley de Salud Mental del Estado y Municipios de San Luis Potosí, para establecer un capítulo sobre la familia de los usuarios, por lo que deben ser regulados sus derechos.

En asuntos generales, la diputada Marite Hernández Correa indicó que a petición de un grupo de mujeres periodistas, se buscará establecer una reunión de trabajo para hacer un intercambio de opiniones en relación a la iniciativa para expedir la Ley de Protección al Ejercicio de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas del Estado de San Luis Potosí.