La Secretaría de Gobernación (Segob) publicó los Lineamientos Generales del Sistema Mexicano de Equivalencias de Clasificación de Contenidos de Videojuegos que contienen las advertencias y descripciones que los distribuidores y comercializadores deben incluir en estos productos.
Dichos lineamientos buscan establecer “las especificaciones gráficas para las advertencias, descriptores de contenidos y elementos interactivos que deberán implementar los sujetos obligados, respecto de los videojuegos distribuidos, comercializados o arrendados en el territorio nacional”.
Los sujetos obligados son los distribuidores, comercializadores o arrendadores de videojuegos enajenados de forma física.
Los lineamientos entrarán en vigor a los 180 días de publicados en Diario Oficial de la Federación (DOF), esto es el 27 mayo de 2021.
“En un plazo de 180 días a partir de la entrada en vigor del presente decreto, se deberá emitir una Guía Parental en materia de videojuegos”, agrega el texto.
La clasificación contempla cinco categorías:
Clasificación «A». Contenido para todo público: el contenido es apto para todas las edades. Puede que contenga una cantidad mínima de violencia de caricatura, de fantasía o ligera, o uso poco frecuente de lenguaje soez moderado.
Clasificación «B». Contenido para adolescentes a partir de 12 años: puede que contenga más violencia de caricatura, de fantasía o ligera, lenguaje soez moderado o temas insinuantes mínimamente provocativos.
Clasificación «B15». Contenido para mayores de 15 años: pueden contener violencia, temas insinuantes, humor vulgar, mínima cantidad de sangre, apuestas simuladas o uso poco frecuente de lenguaje fuerte.
Clasificación «C». Contenido no apto para personas menores de 18 años: pueden contener violencia intensa, derramamiento de sangre, contenido sexual o lenguaje fuerte.
Clasificación «D». Contenido extremo y adulto: el contenido es apto sólo para mayores de edad. Pueden incluir escenas prolongadas de violencia intensa, contenido sexual gráfico o apuestas con moneda real.