Condenan el asesinato del activista Tomás Martínez Pinacho

Organizaciones sociales y defensoras de los derechos humanos en Oaxaca condenaron el homicidio del activista Tomás Martínez Pinacho, ocurrido el lunes 24 de agosto pasado, tras su participación en una manifestación en la ciudad y periferia de Oaxaca.
A su vez, la Fiscalía General del Estado inició la carpeta de investigación 25943/FDAI/UEIH/2020, por el homicidio calificado del también dirigente del Frente Popular Revolucionario (FPR) en la región Sierra Sur, con disparos de arma de fuego por desconocidos cuando se disponía a comer en una taquería, antes de dirigirse a su comunidad de origen, Miahuatlán de Porfirio Díaz. El hoy occiso participó en una protesta denominada “por la salud, pan, trabajo y seguridad social para los pueblos”, en la que su organización denunció que la administración estatal ha asumido una actitud de cerrazón para resolver las necesidades de los trabajadores del campo y la ciudad.
También reclamó justicia para sus compañeros asesinados, la construcción de clínicas en las comunidades, dotación de personal, equipo médico y material sanitario, la entrega de subsidio económico y alimentario para los trabajadores, desarrollo de proyectos comunitarios para garantizar trabajo y asistencia técnica e insumos agrícolas para el campesino pobre, entre otros. Al concluir la manifestación y en ruta a su comunidad, Martínez Pinacho junto con un compañero paró en comer, lugar donde desconocidos lo ejecutaron.

Al respecto, la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca (DDHPO) dictó medidas cautelares a los miembros del FPR, así como a familiares de la víctima mortal y sobreviviente.

Lo anterior, al considerar que los integrantes de la agrupación social podrían encontrarse en riesgo ante el ataque armado en el que perdió la vida uno de sus integrantes y otro más quedó gravemente herido, ataque armado posterior a las movilizaciones realizadas por dicha agrupación social.

Por tanto, la DDHPO solicitó a la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) la adopción de una medida cautelar o precautoria que permita brindar seguridad a los deudos y a dirigentes de la agrupación, así como el ejercicio de su derecho de manifestación y libertad de expresión.

El órgano autónomo reiteró que la libre manifestación de las ideas es un derecho constitucional que debe ser respetado y garantizado por el Estado, debido a que esto es parte fundamental de la democracia.