Recomienda Condusef a los potosinos invertir bien el aguinaldo

  • Por ley debe pagarse antes del 20 de diciembre y como mínimo son 15 días de sueldo los que cada uno de los trabajadores deben percibir.

La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), recomendó a los ciudadanos hacer buen uso del su aguinaldo que por ley debe pagarse antes del 20 de diciembre y como mínimo son 15 días de sueldo los que cada uno de los trabajadores deben percibir.

 Entre las recomendaciones que emite la dependencia son realizar un presupuesto de lo que recibirá y en qué puede invertirlo; analizar bien las compras, porque diciembre es una época de avalancha de ofertas en las que cualquier puede caer fácilmente; evitar el tarjetazo, porque no se trata de un dinero extra, sino que se debe tener cuidado al utilizarla, ya que tus compras pueden salirse de control.

Para evitar que se consuma rápido el aguinaldo, se pide no cubrir los gastos cotidianos con ella, como la compra de la despensa o las comidas fuera de casa.

En caso de que se tengan deudas con alguna tarjeta de crédito, piden los expertos aminorar su impacto cubriendo puntualmente los pagos, revisando las fechas de corte y pago, y tratando de abonar más del mínimo; evitar las compras de pánico y sobretodo tratar de ahorrar por lo menos el 20 por ciento del aguinaldo que se vaya a percibir, debido a la denominada «cuesta de enero».

 De acuerdo a la Ley Federal del Trabajo se indica que el aguinaldo es un derecho irrenunciable. Si no se cumple un año en el lugar de trabajo, no es excusa para que no reciba esta prestación, ya que sí había una relación laboral formal, la empresa para la se trabajó tiene la obligación de pagar una parte proporcional conforme a los tiempos trabajados.

El aguinaldo se calcula de acuerdo al salario fijo que un trabajador percibe, y el cálculo debe hacerse por día laborado, sin incluir ningún otro ingreso. Si el salario es variable, para realizar su cálculo se toma como base el ingreso promedio obtenido de los últimos 30 días antes de la fecha del pago del aguinaldo.

Si después del 20 de diciembre no se recibió esta prestación la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) puede atender la queja.