Resuelve la Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, la inconformidad promovida por los alcaldes de Alaquines y Ébano
Diputados, alcaldes, regidores y síndicos que busquen la reelección pueden ser candidatos sin pedir licencia, acorde a la resolución tomada este jueves por la Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), al resolver la inconformidad promovida por los alcaldes de Alaquines , María Leonides Secaida López y de Ébano, y Crispín Ordaz Trujillo.
Los magistrados de la Sala Regional aprobaron por mayoría que no resulta constitucionalmente exigible que los alcaldes y regidores se separen de su cargo para contender en el proceso electoral como aspirantes a ser reelectos.
Por lo anterior señaló que se inaplica la parte de la Constitución Política del Estado, que obliga a diputados e integrantes de los ayuntamientos a separarse del cargo para poder postularse como candidatos para su reelección.
En el punto de acuerdo con la resolución de los expedientes SM-JDC-91/2018 y SM-JDC-92/2018, se señala que “Se inaplica el caso concreto de la porción normativa del artículo 114, base I, segundo párrafo de la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí, en la que se obliga a los integrantes de los ayuntamientos a separarse del cargo”.
Con esta determinación se anuló el acuerdo del Ceepac, en donde se les indicaba a los presidentes municipales de Alaquines y Ébano que deben solicitar licencia noventa días antes de la elección para buscar la reelección.
Los magistrados piden a los consejeros electorales para que expidan un acuerdo modificatorio a los lineamientos en términos de uno de los incisos del apartado de efectos de la sentencia.
De lo anterior se da parte a la Sala Superior del TEPJF, para los efectos constitucionales conducentes, y a la Suprema Corte de Justicia de la Nación.