Promueve la CEDH acción de inconstitucionalidad contra 15 Ayuntamientos

Es por el cobro excesivo para la reproducción de documentos requeridos a través de solicitudes de información pública que asciende de los 80 hasta de 800 pesos

Desconoce Congreso el tema; no se aprobaron aumentos para el 2018

Marcela Loyola

La Comisión Estatal de Derechos Humanos promovió una acción de inconstitucionalidad por el cobro excesivo para la reproducción de documentos requeridos a través de solicitudes de información pública a 15 ayuntamientos del estado, que asciende de hasta los 80 pesos por copia y más de 800 por un CD con la información requerida.

El organismo indicó que desde el pasado 30 de diciembre de 2017, se publicaron en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de San Luis Potosí, diversos decretos que contienen las Leyes de Ingresos de los 58 ayuntamientos para el Ejercicio Fiscal del año 2018, en caso particular 15 Municipios, contienen entre ellas, las características del cobro excesivo  para la reproducción de documentos requeridos a través de solicitudes de información pública, quebrantando  la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, reglamentaria del artículo 6° constitucional, que establece en el artículo 17, que establece que “El ejercicio del derecho de acceso a la información es gratuito y sólo podrá requerirse el cobro correspondiente a la modalidad de reproducción y entrega solicitada”.

Los municipios que tienen cobros excesivos son Alaquines, Charcas, Cd. Fernández, Ébano, Matehuala, Rioverde, Real de Catorce, San Antonio, San Ciro de Acosta, San Luis Potosí, Soledad, Tamazunchale, Tamuín, Tanlajás y Tanquián de Escobedo quienes mantienen altos costos en la reproducción de documentos y donde destacan cuotas de conceptos como copias fotostáticas simples desde los 3.50 pesos hasta los 80.60 pesos, la entrega de información en disco compacto desde 6.00 pesos hasta 806.00 pesos, así como información entregada en memoria electrónica USB proporcionada por el solicitante desde 6.00 pesos hasta 406.00 pesos.

Por lo que dicha acción de inconstitucionalidad se basa en la violación a los derechos y principios fundamentales de principio de gratuidad de la información pública, derecho de acceso a la información pública, principios de proporcionalidad y equidad tributarias.

La CEDH exhorta a la revisión y modificación de dichas leyes con el fin de garantizar el respeto de los derechos de los ciudadanos potosinos.

Desconoce Congreso el tema; no se aprobaron aumentos para el 2018

Por su parte, la presidenta de la Comisión de Transparencia y Acceso a la Información, diputada Josefina Salazar Báez señaló que el Congreso del Estado rechazó las 58 leyes de ingresos  de los municipios y dijo desconocer el tema por el que se está iniciando una acción de inconstitucionalidad la CEDH.

Expuso que las leyes de los municipios no cumplían con las especificaciones que requiere la ley, por lo que se revisará esta queja de costos excesivos por documentos o información proporcionada a través de las solicitudes de transparencia.

“Nosotros lo hemos dicho, la transparencia no tienen que ser cara, no tiene que ser onerosa, es un derecho humanos la transparencia y la rendición de cuentas. Los ciudadanos debemos estar informados en que se está ejerciendo el recurso de nuestras autoridades y bajo ese esquema hay que estar al pendientes”, dijo.

La legisladora manifestó que en este caso en particular se tiene que hacer una revisión clara y precisa de los conceptos porque hay una Ley de Transparencia que estipula cuales serían los costos de reproducción por las solicitudes de transparencia

Por su parte el diputado Mariano Niño Martínez dijo que cuando no cumplieron con las nuevas obligaciones de ley se rechazaron las leyes de ingresos de los municipios, por lo que este tema debe estar desde la ley de ingreso de 2017.

Indicó que las leyes traían varias irregularidades debido a que no tuvieron el tiempo para poder  actualizar y cumplir con todos los requerimientos técnicos, por lo que no pudo haber aumentos y estos cobros deben venir de la anterior ley.

Josefina Salazar Báez