Funerarias y agencias de inhumación en la mira de Coepris

  • Se busca evitar riesgos sanitarios tanto en los usuarios, como en el personal que labora en los establecimientos dedicados a estos servicios. 

A fin de evitar riesgos sanitarios tanto en los usuarios, como en el personal que labora en los establecimientos dedicados a los servicios funerarios, la Comisión Estatal de Protección Contra Riesgos Sanitarios (Coepris), realiza de manera permanente la vigilancia y control sanitario de aquellos establecimientos denominados funerarias o agencias de inhumaciones.

De acuerdo a información proporcionada por la dependencia, existen en todo el estado un total de 145 funerarias o agencias de inhumaciones, las cuales realizan actividades de venta de féretros, velación, preparación de cadáveres, traslado de cadáveres a los cementerios, crematorios, e inhumaciones y exhumaciones, las cuales son revisadas de manera permanente a fin de constatar que estos establecimientos cumplan con lineamientos que marca la Ley Estatal de Salud.

En lo que va del año, personal operativo de la Coepris ha realizado un total de 101 verificaciones sanitarias a igual número de funerarias y agencias de inhumación, además de la revisión de 63 carrozas, lo que ha generado la suspensión temporal de actividades a 11 establecimientos, todo ello con fundamento en la Ley Estatal de Salud y su reglamento.

Durante las visitas de supervisión se revisa que los establecimientos cuenten con Aviso de Funcionamiento y que aquellos establecimientos que cuentan con sala de preparación cuenten con un Responsable Sanitario. La sala de preparación de cadáveres, anfiteatro, así como el equipo debe permitir  un adecuado manejo de los cadáveres y garantizar un óptimo proceso de embalsamiento, así mismo se revisa que el personal embalsamador esté debidamente autorizado por la Secretaría de Salud.

Aunado a lo anterior, se observa que las salas de velación cuenten con suficiente ventilación, que las instalaciones garanticen la seguridad e higiene de los empleados y que tanto los anfiteatros como las salas de cremación, estén situados de manera independiente al área de velación, los primeros deben contar con planchas de materiales lavables, trampas para el drenaje, equipo de bombeo de fluidos e instrumental suficiente y desinfectado; por lo que respecta a la sala de cremación ésta debe contar con hornos adecuados para cadáveres, así como los filtros adecuados.

Por lo que respecta a los vehículos que se utilizan para el traslado de cadáveres, deben ser cerrados y contar con una división entre el chofer y el área de traslado o carga, misma que debe contar con una superficie lisa y lavable, además de un seguro para evitar el movimiento del ataúd durante el traslado.