Créditos a Municipios sólo para inversión pública productiva: CE 

 

  • Ayuntamientos que soliciten créditos deberán cumplir con los requisitos establecidos en la propia ley y garantizar y para beneficio de la ciudadanía, señaló el diputado Héctor Mendizábal 

Las solicitudes de crédito por parte de los ayuntamientos deberán cumplir con los requisitos establecidos en la propia ley y garantizar que serán aplicados exclusivamente para inversión pública productiva en beneficio de la ciudadanía, señaló el diputado Héctor Mendizábal Pérez.

Manifestó que en la sesión de la Diputación Permanente se dio entrada a una solicitud presentada por el ayuntamiento de San Antonio, que solicita la autorización de una línea de crédito por un monto de 2 millones 700 mil pesos, que serán cubiertos durante lo que resta de la administración municipal para la realización de proyectos prioritarios de infraestructura básica mediante el anticipo de recursos.

“Es el municipio de San Antonio, la propia ley ya nos especifica cuáles son los requisitos que debe cumplir un municipio para endeudarse, en este caso lo está haciendo para el resto de la administración dentro de su periodo y está informando, obviamente los topes de endeudamiento también ya la propia ley dispone y la Comisión, la Primera y Segunda de Hacienda y Hacienda del Estado tendrán que valorar los términos y si cumple con la ley”.

Dijo que serán las comisiones legislativas las que deberán analizar esta solicitud, ya que se busca que los empréstitos no superen el tiempo de las actuales administraciones, y que los mismos sean utilizados para obra e infraestructura básica en beneficio de sus comunidades.

Destacó que este es un punto importante que se privilegiará en cualquier petición de este tipo por parte del Congreso del Estado, en base a su capacidad de endeudamiento para asegurar un buen manejo financiero por parte de los ayuntamientos.

“Los empréstitos o préstamos solamente pueden utilizarse para programas y obra pública inversión pública productiva que es como se llama y no pueden utilizarse para otra cosa; es adelantar realmente las prerrogativas en algunos casos, adelantar los recursos que ya tienen asignados para su proceso de licitación, obra y concurso de asignación de obra”, señaló.