Derechos Humanos local pide evitar criminalizar a desaparecidos

La Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México pidió a la Cámara de Diputados incluir en el proyecto de decreto por el que se expide la Ley General de Desaparición Forzada un registro específico de personas en esa situación.

Ello, para dar seguimiento concreto a violaciones graves, ya que la definición de persona no localizada puede obedecer a causas distintas de la comisión de algún delito.

En un comunicado, resaltó que la Ley General de Desaparición Forzada de Personas y Desaparición Cometida por Particulares, aprobada por el Senado el 27 de abril pasado, también deberá establecer responsabilidad de los superiores jerárquicos como participante en este delito, así como su sanción ejemplar.

Es necesario que se determine la cadena de mando para que efectivamente se sancione a las personas involucradas y no sólo las que ejecutaron el acto”, acotó el organismo en la víspera del Día Internacional de las Víctimas de Desapariciones Forzadas.

Asimismo, la comisión solicitó contemplar la no criminalización como un principio rector en la investigación del delito de la desaparición forzada.

Esa es la principal violación que están cometiendo diversas autoridades, cuando en lugar de perseguir los delitos, difunden indebidamente datos imprecisos que afectan el honor de la persona desaparecida, explicó.

De igual manera, pidió garantizar los derechos de la familia que se enfrenta a una especie de parálisis administrativa, ya que -ejemplificó- no pueden acceder a una pensión de viudez, ni a derechos sucesorios o una beca.

Para evitar lo anterior, planteó, se requiere de la entrega de una constancia que permita a los familiares de las víctimas seguir su vida jurídica, sin que ello implique que la investigación se detenga.

También consideró necesario que la ley elimine las actuaciones u omisiones de autoridades que dificultan los procesos de investigación, lo que abona el terreno para la impunidad, como: que a la fecha no exista una base confiable del número de personas desaparecidas en México.

Además, la actuación del Ministerio Público que pide a familiares de las víctimas que regresen 72 horas después de reportar a una persona como desaparecida, cuando justo esas primeras horas son las más importantes para localizarlas con vida.

Incluyó además la incineración de restos no identificados, porque no permite tener la identificación del ADN y genera un impacto dramático en las familias, entre otras conductas.

El 30 de agosto fue la fecha adoptada por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) en la Resolución 65/209, el 21 de diciembre de 2010, para conmemorar el Día Internacional de las Víctimas de Desapariciones Forzadas.

En esa resolución se insta a los Estados parte a su observancia ante el aumento de las desapariciones involuntarias en diversas regiones del mundo.