Funcionario que no presente su declaración 3 de 3 sería destituido

 

  • El presidente de la Jucopo de la LXI Legislatura, Enrique Alejandro Flores, deja en claro que ningún funcionario estará exento de hacerlo.
  • Destacó que es necesario revertir los casos de corrupción como problema público, y para ello, se establecieron instrumentos legales que serán eficaces y efectivos en su combate.

Marcela Loyola

Ningún funcionario estará exento de presentar su declaración 3 de 3, y  aquellos que no cumplan con esta disposición en los tiempos establecidos en la ley podrían ser hasta destituidos como parte de las medidas que estableció, el Congreso del Estado con la aprobación de la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado y Municipios de San Luis Potosí.

El presidente de la Junta de Coordinación Política (Jucopo) de la LXI Legislatura, diputado Enrique Alejandro Flores Flores, destacó que es necesario revertir los casos de corrupción como problema público, y para ello, se establecieron instrumentos legales e institucionales que serán eficaces y efectivos en su combate.

Reconoció que una de las principales demandas de los ciudadanos es el fortalecimiento en la rendición de cuentas “sobre todo para conocer en qué condiciones económicas entra un funcionario público y posteriormente saber cómo concluye su encomienda”.

El legislador Enrique Flores, destacó que será obligatoria la presentación de las declaraciones de modificación patrimonial, de cumplimiento de obligaciones fiscales y de posible conflicto de intereses, así como la publicidad de las mismas. Además señaló  que se introduce un apartado especial para las infracciones y sanciones en que pueden incurrir los particulares que intervienen en procesos que implican manejo de recursos u obra pública.

Recordó que la ley de Responsabilidades Administrativas, también establece el rubro de las sanciones que serán aplicables por las contralorías internas en los casos de responsabilidades administrativas y que son catalogadas como graves y no graves.

Cabe destacar que las sanciones administrativas que imponga el Tribunal a los servidores públicos derivado de los procedimientos por la comisión de faltas administrativas graves, consistirán en: la Suspensión del empleo, cargo o comisión, destitución del empleo, cargo o comisión,  sanción económica, inhabilitación temporal para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público y para participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas; entre otros.

Por último, el diputado Enrique Flores, enfatizó que con las nuevas disposiciones de la Ley de Responsabilidades, las Contralorías Internas tiene la responsabilidad y obligación de brindas capacitación y asesoría en torno a la integración y presentación de sus declaraciones 3 de 3, con el fin de que no exista justificación alguna para cumplir con esta obligación.