Garantizarán la paridad de género en candidaturas a diputados y ayuntamientos

  • Presentan iniciativa que obliga a los partidos a garantizarla en todas sus dimensiones, observando que se postulen en proporciones iguales candidatos de cada género en distritos o municipios

 

La diputada Esther Angélica Martínez Cárdenas presentó en sesión ordinaria, una iniciativa de adición al artículo 135 de la Ley Electoral del Estado, con el fin de garantizar la paridad de género en las candidaturas para diputados y ayuntamientos.

Así, la iniciativa establece la obligación a los partidos políticos de garantizar la paridad entre los géneros en todas sus dimensiones en candidaturas a diputados y ayuntamientos observando que se postulen en proporciones iguales candidatos de cada género en distritos o municipios con porcentajes más altos, más bajos e intermedios en las últimas dos elecciones.

En su exposición de motivos, la legisladora señala que a partir del año 2014 la reforma político-electoral promulgada elevo a rango constitucional la garantía y principio de la paridad entre mujeres y hombres en las candidaturas.

Agrega que la paridad entendida como la participación cuantitativamente homogénea de hombres y mujeres, tiene dos dimensiones: 1.- Paridad Vertical= Alternancia de los géneros en planillas para Ayuntamientos. 2.- Paridad Horizontal= Si los municipios de una entidad federativa son pares, el 50% de las candidaturas a Presidencias Municipales para cada género.

Señala que incluso la Ley General de Partidos Políticos estableció en su artículo tercero: “En ningún caso se admitirán criterios que tengan como resultado que a alguno de los géneros le sean asignados exclusivamente aquellos distritos en los que el partido haya obtenido los porcentajes de votación más bajos en el proceso electoral anterior.”

Manifiesta que “en aras de garantizar la paridad horizontal y prevenir la violencia política en razón de género, considero necesario establecer una legislación clara que señale, no asignar a alguno de los géneros, exclusivamente en los Municipios en los que el partido que postula, haya obtenido el más bajo porcentaje en las dos últimas elecciones de presidentes municipales”.