Graves pérdidas por incumplimiento de contratos por parte de proveedores

Con el fin de establecer sanciones puntuales para los proveedores de productos, arrendamientos o servicios que incumplan con la entrega de los mismos en los tiempos convenidos a las instituciones públicas, el diputado Jesús Cardona Mireles presentó una iniciativa de reforma y adición a los artículos 5° y 53 de la Ley de Adquisiciones del Estado de San Luis Potosí.

La modificación propone sanciones a quienes incum-plan en el plazo de entrega estipulado en el contrato correspondiente, con una penalización por un 10 por ciento del valor total del importe del contrato por cada 30 días de atraso, sin menoscabo de aplicar cualquiera de las otras sanciones.

En su exposición de motivos, el legislador manifiesta las graves pérdidas que acarrean el incumplimiento de los contratos por parte de los proveedores, y los inconvenientes para la ciudadanía cuando se trata de la realización de obras y servicios.

Por ello, indica es importante “el evitar perjuicio a la ciudadanía por el incumplimiento o demora al momento de contratar ya sea alguna obra, un servicio, un arrendamiento o simplemente al momento de licitar, se deben establecer claramente la sanciones que se aplicaran a este tipo de infracciones”.

Agregó que por ello, se debe establecer claramente las infracciones a la ley y puntualizar claramente las sanciones a las que se harán acreedores en caso de incumplimiento de contrato y principalmente con la falla en la entrega-recepción de dichas obras o servicios.

“Es necesario establecer claramente las infracciones y las sanciones para que los contratistas y los proveedores sean más responsables y que estén muy atentos a todas estas faltas que perjudican de manera esencial a la ciudadanía y contemplen claramente el compromiso y cumplan cabalmente con lo establecido en los contratos”. Esta iniciativa fue turnada para su análisis a la Comisión de Hacienda del Estado.