Establecen candados para evitar sobre endeudamiento del Estado y Municipios

La nueva Ley de Deuda Pública del Estado y Municipios de San Luis Potosí aprobada por el pleno, incorpora métodos transparentes para la contratación de deuda pública, estableciendo candados para evitar sobreendeudamiento del estado y los municipios, informó ayer el diputado J. Guadalupe Torres, promotor de esta propuesta.

Con ello, se armoniza la legislación estatal en materia de deuda con la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios publicada en el Diario Oficial de la Federal el 27 de abril de 2016.

Torres Sánchez destacó que mediante esta nueva ley local, para la autorización de los financiamientos y obligaciones, se establecen  las especificaciones que deberá considerar el Congreso, como es el monto autorizado, el plazo máximo autorizado, el destino de los recursos, la fuente de pago, y la vigencia de la autorización.

Se estipula la obligación para contratar financiamientos y obligaciones en las mejores condiciones del mercado; así como la de publicar en su página de internet los instrumentos jurídicos relativos.

Agregó que de acuerdo a lo establecido en la Ley de Disciplina Financiera,  la nueva legislación establece que  tratándose de solicitud de financiamientos por un monto mayor o igual a cuarenta millones de UDIS para el estado o diez millones de UDIS  para el municipio, uno  de los requisitos para la contratación de deuda es la implementación de un proceso competitivo con por lo menos cinco diferentes instituciones financieras y que la solicitud deberá precisar y ser igual en cuanto a monto, plazo, perfil de amortizaciones, condiciones de disposición, oportunidad de entrega de los recursos, para así contratar la oferta que represente las mejores condiciones de mercado para el ente público.

Se incluye  la obligación del ente público de elaborar un documento que incluya un análisis comparativo de las propuestas el cual deberá ser publicado en la página de internet del Poder Ejecutivo, o el municipio que corresponda.

También en observancia a la Ley de Disciplina Financiera, y con excepción de los financiamientos que se contraten mediante mercado bursátil, se establece lo relativo a los financiamientos que excedan los cien millones de unidades de inversión, proceso que se realizará mediante licitación pública.

En lo referente a la reestructuración de deuda, ésta se podrá llevar a cabo siempre y cuando la nueva contratación ofrezca mejores condiciones financieras en cuanto a porcentaje de intereses y siempre y cuando ello no implique el incrementar los plazos para pago de la deuda pública.

Agregó que esta legislación abona a la transparencia y rendición de cuentas sobre el ejercicio de los recursos públicos, así como el alcance de las obras y acciones a realizar, las cuales deberán ser únicamente para inversiones productivas.

En el dictamen aprobado, se establecen también modificaciones sobre el tema a la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado; y a la Ley de Asociaciones Público-Privadas en Proyectos para la Prestación de Servicios del Estado y Municipios de San Luis Potosí