TEPJF ordena reinstalar a alcaldesa de Chenalhó

CIUDAD DE MÉXICO.-El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó a autoridades de Chiapas la inmediata restitución en su cargo a Rosa Pérez Pérez, primera mujer electa para la alcaldía tzotzil de Chenalhó, quien fue obligada a firmar su renuncia en mayo pasado para entregar el cargo a un hombre.

El TEPJF vinculó a la alcaldesa con las secretarías de Gobierno y de Seguridad Pública del estado, para que le otorguen la protección necesaria que le permita ejercer su gobierno.

Rosa Pérez Pérez demostró que fue obligada a firmar su renuncia al cargo, que ganó por mayoría de votos en 2015, luego que pobladores de la zona secuestraron a dos legisladores y tomaron carreteras en demanda de su destitución.

En consecuencia, la Sala Superior determinó revocar el Decreto 216 emitido por la LXVI Legislatura del Congreso de Chiapas y reincorporar de inmediato a la actora en el puesto para el que fue democráticamente electa.

Los magistrados determinaron que todas las autoridades involucradas deberán proteger y respetar las garantías individuales, los derechos humanos y, de manera relevante, la dignidad e integridad de las mujeres; así como los usos, costumbres, tradiciones, sistemas normativos y formas de organización social y política de las comunidades indígenas.

“Deberán garantizar el acceso pleno a la justicia y a una vida libre de violencia, con perspectiva de género, equidad y no discriminación”, destaca la sentencia elaborada por la ponencia del magistrado Constancio Carrasco.

Asimismo, con el objeto de promover la mayor difusión del sentido y alcance de la sentencia, la Sala Superior estimó procedente elaborar un resumen oficial para efecto de su difusión y, en su caso, traducción en las lenguas que correspondan, con base en el Catálogo de las Lenguas Indígenas Nacionales, Variantes Lingüísticas de México con sus Autodeterminaciones y Referencias Geoestadísticas.

Los magistrados resolvieron el tema a pesar de que el Congreso de Chiapas consideró que el Tribunal Electoral era incompetente para conocer el juicio.

En este caso, el TEPJF adujo la defensa del derecho al sufragio mediante un juicio de protección de los derechos políticos del ciudadano, que interpuso directamente la afectada.

Esta resolución obliga también a las autoridades competentes al pago de contraprestaciones y demás percepciones que debió recibir la actora desde la emisión del decreto.

Regresan al INE caso de padrón filtrado

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ordenó al Instituto Nacional Electoral (INE) reindividualizar la multa de 76 millones de pesos al partido Movimiento Ciudadano, por el mal uso del padrón electoral, luego que dos de sus militantes lo filtraron en la página buscardatos.com.

Los magistrados consideraron que sí hubo una irregularidad cometida por el partido y sus militantes, pues hubo una falta de cuidado del partido en la custodia de los datos del padrón electoral de 2010.

Sin embargo, indicaron que fue excesivo calificar la falta como una violación a los derechos humanos de 81 millones de ciudadanos inscritos en el padrón.

De esta manera, el asunto regresa al Consejo General del INE, y debido a que la infracción tendrá que ser calificada en un rango menor de gravedad, es posible que disminuya la cantidad de 76 millones de sanción.