Sigue la capacitación a personal del Poder Judicial del Estado

La evaluación de riesgos procesales, supervisión de medidas cautelares y de las condiciones aprobadas en la suspensión condicional del proceso, son actividades a las cuales se les conoce  como servicios previos al juicio y fueron abordadas en una capacitación que se impartió en el Poder Judicial del Estado a los operadores del sistema penal acusatorio en la entidad.

La importancia de esta capacitación radica en que los servicios previos al juicio son actividades que realiza la Unidad de Medidas Cautelares (Umeca), la cual es un nuevo sujeto procesal cuyas funciones van encaminadas al enfoque cautelar del sistema penal acusatorio y el impacto de su función radica en que las medidas cautelares impuestas a los imputados en los procesos penales sean las idóneas para su realidad socioeconómica y sea posible darles puntual cumplimiento.

Jueces de control, defensores públicos, ministerios públicos y asesores jurídicos participaron en esta capacitación denominada “Servicios Previos al juicio”, la cual tuvo una duración de 18 horas y fue impartida por la Lic. Cecilia Navarrete Quiñones, consultora de USAID con el objetivo de que los operadores del sistema conozcan  las funciones y obligaciones de esta Unidad y sea utilizada de manera adecuada

“Anteriormente todo era prisión preventiva y caución, actualmente en el sistema penal acusatorio, las medidas cautelares deben respetar el principio de presunción de inocencia e individualizar el riesgo procesal que representan cada uno de los imputados atendiendo a su situación socioeconómica”, explicó la Licenciada Navarrete al abundar sobre la relevancia de la función de la Umeca.

En la evaluación del riesgo procesal, a petición de una de las partes del proceso, el evaluador realiza un trabajo previo con el imputado para verificar sus condiciones socioeconómicas (en dónde trabaja, con quién vive, adicciones, etc) y proporciona información técnica la cual será tomada como base para poder debatir la medida cautelar.

La supervisión de medidas cautelares tiene dos objetivos: primero, lograr que las medidas impuestas no sean de imposible cumplimiento a fin de que el imputado comparezca a todas las audiencias y no se suspenda el procedimiento; y segundo, dar seguimiento a cada una de las medidas y condiciones aprobadas, con el propósito de acceder a la suspensión condicional del proceso, el cual se refiere al planteamiento formulado por el Ministerio Público o por el imputado, en el cual presentan un plan detallado sobre el pago de la reparación del daño a la víctima.