Continuará la detención de vehículos de Uber, advierte SCT

El titular de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes del gobierno del estado (SCT), Ramiro Robledo López informó que según  el artículo 30 de la Ley de Transporte Público indica que “los propietarios y conductores de vehículos particulares no podrán prestar el servicio a terceros  a título oneroso.
Con esta información se recalca que están en todo su derecho para detener estas unidades de transporte privado, por lo que se continuarán con los operativos.
Algún día pasemos de la histórica discusión de servicio regular y servicio irregular, a la discusión de la calidad en el servicio.
En el marco normativo que tenemos en nuestro estado, señala en por lo que el problema en el caso de Uber radica el uso de un vehículo particular prestando un servicio de transporte y no la plataforma tecnológica como mediación cobro. Existen plataformas de cobro que se están implemen-tando en servicios de transporte, pero éstas usan vehículos concesionados, como son taxis, por lo cual no hay impedimento legal para que operen, pero en el caso de Uber sí se violenta la normativa.
Un vehículo con un chofer no es irregular, tampoco uno con un usuario, pero en el momento que se da un cobro en el traslado, precisó, la ley lo considera una irregularidad.
En todas las partes del mundo este tema ya se ha resuelto y se ha permitido la operatividad de este tipo de transporte privado, e incluso en el Estado de México está regulado en el código de comercio como un acto de mercantil entre particulares;  y que en Jalisco, Querétaro y Puebla está regulado como transporte privado en una ley de transporte público.
A diferencia de otros estados en SLP hay una prohibición expresa en ley de vehículos particulares, en otros estados no lo hay, por lo que se regulo y se transita de una manera probablemente jurídicamente más fácil”, acotó.