Declaración 3 de 3 figura de ornato mientras no esté incluida en la Ley de Responsabilidades

  • «Puntada” de la “bancada bronca” sólo con fin protagónico y no obliga a los servidores públicos a presentar la citada declaración
  • No coincide con la legislación presentada a nivel federal y lo servviores pueden tramitar a un amparo para no cumplirla bajo el argumento de irregularidades, aclara el IMCO

En su desmedido afán protagónico y tratando de opacar a los legisladores que realmente trabajador en la elaboración de la Ley de Trasparencia y Acceso a la Información Pública, la llamada bancada Bronca del Congreso del Estado, cometieron un gran error al incorporar a ella la obligatoriedad de hacer pública la declaración 3 de 3.

Por principio de cuenta se trató solo de un golpe mediático, de esos que están acostumbrados a realizar Los Broncos, pues su inclusión en la citada reglamentación de ninguna manera obligada a los servidores públicos a presentar su citada declaración.

Para que esta ley surta realmente efecto debió incluirse en la Ley de Responsabilidades de Servidores Públicos, para que se convierta en una obligación con especificaciones claras y con las sanciones a que puede hacerse acreedores  quien no lo haga.

Como esta ahorita la Ley 3 de 3 solamente es un capitulo o artículo de ornato en la Ley de Trasparencia y Acceso a la Información Pública.

Al respecto Alexandra Zapata Ojel, investigadora del Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO), indicó que el documento no coincide con la legislación presentada a nivel federal, por lo que se corre el riesgo de que legisladores procedan a un amparo para no cumplir con esta ley bajo el argumento de irregularidades.