Procesos penales transparentes, orales y breves traerá a SLP el NSJP

El próximo jueves 31 del mes en curso, en los distritos judiciales correspondientes a San Luis Potosí, Santa María del Río y Salinas, entrará en vigencia el nuevo sistema de justicia penal, denominado penal acusatorio adversarial, que consiste en procesos penales transparentes, orales y breves en los que se procura la reparación del daño y garantiza los derechos humanos tanto de las víctimas, como de los imputados.

Para la población en general es importante conocer sus beneficios, así como los derechos que garantiza, no solamente ante la eventualidad de participar como víctima o imputado de un suceso delictivo, sino porque generará una nueva cultura de legalidad en nuestro país.

Entre los principales beneficios del sistema penal acusatorio se encuentran:

* Presunción de inocencia, establece que las personas somos inocentes hasta que se demuestre la culpabilidad y  el Juez lo determine en una sentencia.

* Prisión preventiva sólo en casos de excepción, permite que los procesos se puedan llevar en libertad cuando no se trate de delito grave y el imputado no pueda evadir la acción de la justicia.

* Se evitan procesos largos y costos, asuntos que con el sistema tradicional se resolvían en años, con el penal acusatorio, será en meses.

* Los delitos no quedan impunes porque las víctimas obtienen la reparación del daño causado.

* Los delitos que no sean graves se pueden resolver a través de la justicia alternativa sin llegar a un juicio. La mediación y otros procedimientos permiten que los asuntos se resuelvan con acuerdos entre quien causó el daño y la víctima. Se pretende que sólo los asuntos que lo ameriten lleguen a juicio.

Entre los derechos que este nuevo sistema de justicia penal garantiza a las víctimas u ofendidos se encuentran:

1.- Recibir un trato digno por todo servidor público que lo atienda.

2.- Estar informado de sus derechos y  del desarrollo del procedimiento por su abogado, el Ministerio Público o el Juez.

3.- Contar con un abogado que le brinde asesoría jurídica gratuita.

4.- Recibir atención médica y psicológica, ser canalizada a instituciones que le proporcionen este servicio.

5.- Protección especial cuando exista riesgo para su vida o integridad personal.

6.- Participar en el proceso; podrá recibir copias gratuitas de la videograbación de las audiencias. Podrá expresar su sentir en todas las etapas del procedimiento.

7.- Protección a su identidad y datos personales a menores de edad, víctimas de delitos sexuales, violencia familiar, secuestro y cuando el juzgador lo determine.

8.- Obtener la reparación del daño en todos los casos en que se ocasione.

9.-Participar en los mecanismos alternativos de solución de controversias

10.- Recibir asistencia de un intérprete o traductor, en caso de no conocer o no comprender el idioma español , así como a que se realicen los ajustes necesarios al procedimiento,  en caso de tener alguna discapacidad.

Entre los derechos que tienen las personas señaladas como responsables de la comisión de un delito, quienes en este sistema son denominadas como imputados, se encuentran:

1.- Ser considerado y tratado como inocente, hasta que las pruebas y testimonios demuestren lo contrario, según lo considere el Juez en sentencia firme.

2.- Conocer el motivo de su detención.

3.- Declarar o guardar silencio, en el entendido de que su silencio no podrá ser utilizado en su perjuicio.

4.- Comunicarse con un familiar y con su abogado defensor cuando sea detenido.

5.- No ser sometido a prácticas de tortura.

6.- Tener acceso a los registros de la investigación, así como recibir copias gratuitas de la videograbación de las audiencias.

7.- Tener una defensa adecuada por parte de un abogado titulado, al cual podrá elegir libremente; a falta de éste, contar con un Defensor Público.

8.- No ser expuesto a los medios de comunicación y no ser presentado ante la comunidad como culpable.

9.- Ser asistido gratuitamente por un traductor o intérprete en caso de que no conocer o no comprender el idioma español.

  1. Obtener su libertad, cuando no se ordene la prisión preventiva u otra medida cautelar restrictiva de su libertad.

Los municipios en los que tendrá efecto la entrada en vigencia del sistema penal acusatorio a partir del día 31 de marzo con atención a delitos de querella son: San Luis Potosí, Ahualulco, Villa de Arriaga, Armadillo de los Infante, Mexquitic de Carmona, Soledad de Graciano Sánchez, Cerro de San Pedro, Zaragoza, Santa María del Río, Tierra Nueva, Villa de Reyes, Villa de Ramos y Salinas.