Capacitan a funcionarios del Poder Judicial sobre Alienación Parental

Funcionarios jurisdiccionales del Poder Judicial participaron en el Taller “Alienación Parental”, en esta capacitación se trabajó en aspectos teóricos e indicadores, pero sobre todo, en generar conciencia y reflexionar en torno a la necesidad de respetar de manera puntual todos los derechos humanos de niñas, niños y adolescentes, incluido el derecho a no ver afectada la posibilidad de convivencia, de apego y de identidad a partir de su propia familia.
El Magistrado Luis Fernando Gerardo González, Presidente del Supremo Tribunal de Justicia destacó la importancia de esta capacitación que permitirá contar con mejores elementos para abordar su tratamiento judicial, ya que la comisión de actos de manipulación por el padre o madre alienador, obliga a los juzgadores y demás personal jurisdiccional a valorar las nuevas pautas para poder resolver las contiendas en que se denuncia este fenómeno y reiteró la disposición del Poder Judicial de siempre observar el interés superior del menor de edad.
Las Comisiones de Igualdad y Género y la Especializada para la creación del Centro de Convivencia Familiar del Supremo Tribunal de Justicia del Estado promovieron la realización de este taller, el cual se impartió con la colaboración de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH).
La instructora, Lucía Rodrí-guez Quintero, Sub-directora del Programa sobre Asuntos de la Niñez y la Familia de la CNDH sostuvo que la importancia de trabajar en el tema de alienación parental y hacer necesaria su prevención y atención adecuada estriba en que su impacto es “sumamente negativo en la calidad y condiciones de vida de niñas, niños y en algunos casos, de adolescentes”.
Agregó que uno de los derechos básicos de los menores de edad que “puede no haberse respetado cuando aparece la alienación paren-tal es precisamente el derecho a tener una familia y convivir con el padre o la madre que no tenga la custodia”.
Manifestó que otros aspectos que se pueden ver afectados en la vida de las niñas y de los niños cuando aparece la manipulación por parte de un padre, de una madre, o de otros parientes, donde interfieren injustificadamente con el régimen de visitas y convivencias que ya se ha acordado por las partes, o decretado por un autoridad del Poder Judicial, es precisamente el derecho a la identidad, porque en algunos casos se llega a los extremos de cambiarles el nombre a estas niñas y a estos niños; la situación de la retención o la sustracción de menores, en algunos casos llega a ser hasta de carácter internacional, además de otra serie de situaciones que van a afectar el normal desarrollo y el desarrollo integral de estas niñas y de estos niños.
Dio a conocer que se cuenta con un marco legal muy claro para atender la alienación parental desde todos los órdenes del Estado Mexicano: el Artículo Cuarto de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General de Derechos del Niñas, Niños y Adolescentes, la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de San Luis Potosí, así como la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño y la aplicación del Control de Convencionalidad, en donde se establece de manera muy concreta, la prohibición de generar actos de manipulación que puedan afectar o interferir injustificadamente en las visitas y convivencias, no solo del padre o la madre que no tiene la custodia, sino también de su respectiva familia.