No hay que perder de vista el criterio de equidad de género al impartir justicia: LRQ

Al impartir la conferencia, “Derechos Humanos y acceso a la justicia”, Lucía Rodríguez Quintero, Subdirectora de Asuntos de la Niñez y la Familia en la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) destacó que es necesario no perder de vista el criterio de equidad de género en el momento de impartir justicia y mandar con ello el mensaje de que “la impunidad no puede seguir siendo una de las constantes en nuestras vidas”.
Para favorecer el acceso de las mujeres a la justicia, la conferencista dijo que también “debemos plantearnos cuáles son las actividades pendientes en la agenda de las y los legisladores en materia de respeto y garantía a los derechos humanos de las mujeres para armonizar la normatividad vigente con los instrumentos de protección específica de estos derechos humanos y generar los procedimientos a los que estamos obligados, tanto las instituciones como sus integrantes”.
Con esta conferencia, el Poder Judicial del Estado concluyó el ciclo de capacitación y actualización en equidad de género organizado en el marco de la conmemoración del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia en Contra de las Mujeres, por parte de la Comisión de Igualdad del Supremo Tribunal de Justicia que preside la magistrada Rebeca Anasta-cia Medina García.
En la conferencia impartida a personal jurisdiccional de Salas y Juzgados, Rodríguez Quintero abordó el derecho de las mujeres a vivir una vida libre de violencia, así como el derecho de las mujeres de acceder a la justicia, además de aspectos que se tienen que dar al momento de que quienes impartan justicia en las diferentes materias, incluyan la perspectiva de derechos humanos y perspectiva de equidad de género.
“Para poder hablar del acceso de las mujeres a la justicia, es necesario identificar que no solo basta con que lleguen a los tribunales, sino garantizar que al momento que ellas sean atendidas, lo sean con el respeto a su dignidad y con el reconocimiento a las diferencias, esto es, tomar en cuenta el contexto en el viven y la problemática que están presentando, así como lo que el juzgador o juzgadora pueden hacer como garantes que son de los derechos humanos de las mujeres”, no solo desde la igualdad plasmada en la norma, sino que esta igualdad sea sustantiva.
Lo anterior lo ejemplificó con la emisión de medidas de protección que establece la Ley de Acceso para las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, situación en la que se hace necesario evaluar el riesgo en que se encuentran las personas, también, con proporcionar algún tipo de herramientas que les permitan a las y los juzgadores integrar la perspectiva de género al momento de emitir sus sentencias con la finalidad de que éstas no solo cumplan con estar apegadas a derecho, sino que también sean justas y se reconozcan, se protejan y se respeten las diferencias.