Se modificará el Código Penal para especificar el feminicidio en lengua indígena

A fin de establecer integrar agravantes específicas en el delito de feminicidio, como las condiciones culturales y de lengua indígena, o la exposición del cadáver en lugares públicos, la legisladora Rebeca Terán Guevara presentó una iniciativa de reforma al artículo 135 del Código Penal del Estado de San Luis Potosí.

Mediante estas reformas, se indica la condición de delito agravado de feminicidio y se consideran para su tipificación como tal, los indicios de amenazas y acoso por parte del sujeto activo hacia la víctima; el que la víctima haya sido incomunicada, o privada de su libertad; que existan condiciones culturales y lengua indígena, que por su condición de vulnerabilidad sean víctimas de cualquier tipo de violencia; que el cuerpo de la víctima sea expuesto, depositado o arrojado en un lugar público o bien sus restos hayan sido enterrados u ocultados; y, por desprecio u odio a la víctima motivado por discriminación, procedencia étnica o misoginia

En su exposición de motivos, la legisladora manifiesta que los casos de feminicidios requieren la atención especial e inmediata en el Congreso del Estado, dirigiendo su trabajo legislativo para armonizar las leyes que permitan prevenir y sancionar este delito. “considero que la atención de esta cuestión tiene grandes avances; sin embargo, aún se requiere de nuevos esfuerzos, entre éstos, legislar y construir el marco jurídico que permita garantizar el respeto a los derechos humanos y a la justicia de las mujeres, sobre todo de las indígenas del país, quienes son un sector muy vulnerable”.