La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) promueve una acción de inconstitucionalidad contra la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de San Luis Potosí, porque el ombudsman nacional, Luis Raúl González Pérez, considera que tanto el Congreso del Estado como el Poder Ejecutivo no valoraron que esta normativa vulnera los derechos de los menores ya que la entidad prevé legislar en materia de migración, siendo que eso es de competencia del Congreso de la Unión.
La norma general cuya invalidez se reclame y el medio oficial en que se publicó: Los artículos 81, 82, 83, 84, 85, 88, 89, 137, 138, 139 y 155, de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de San Luis Potosí, publicada en la Edición Extraordinaria del Periódico Oficial del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, del día lunes veintisiete de julio de dos mil quince.
Según el documento de la CNDH, tales artículos en su conjunto, se estiman trasgresor es de los derechosde los menores de edad a ser llevados ante tribunales especializados, a ser juzgados por tribunales competentes, a la seguridad jurídica, de la prohibición contra detención o prisión arbitraria, al debido proceso, a la reintegración del niño, a la libertad personal, al interés superior del adolescente y al interés superior de la niñez, a los principios de reintegración social y familiar, al principio de legalidad, al principio pro persona, a las formalidades esenciales del procedimiento y a la obligación por parte del Estado del establecimiento de leyes, procedimientos, autoridades e instituciones específicas para los niños que se alegue que han infringido las leyes penales, a la competencia exclusiva del Congreso de la Unión para legislar en materia migratoria, y principios del derecho en materia de responsabilidades de los Servidores Públicos, al establecerse la posibilidad de imponer dos veces sanciones de la misma naturaleza por la misma conducta.