Proponen nueva Ley para erradicar la Trata de Personas

A fin de establecer en la legislación de la materia, los principios de máxima protección y de garantía de no revictimización, entre otros, la diputada Martha Orta Rodrí-guez presentó la iniciativa de nueva Ley para Prevenir, Atender y Erradicar la Trata de Personas en el Estado de San Luis Potosí.
En su exposición de motivos, la legisladora explica que esta nueva legislación busca establecer que el consentimiento de la víctima no sea causa para desestimar la investigación y el enjuiciamiento respectivo; y, en cuanto a la  protección a víctimas, ofendidos y testigos, se define quién es la víctima, el ofendido y el testigo, y  se añade la figura del asesor jurídico para la asistencia jurídica a las víctimas.
En lo que respecta a la protección y asistencia a víctimas se sanciona la obligatoriedad de brindar asistencia, material, jurídica, médica, psicológica y/o psiquiátrica; la necesidad de dictar medidas cautelares, providencias precautorias y protección personas que garanticen la salvaguarda de los derechos; se especifica la forma de acceder al Fondo Estatal para la atención a víctimas; y, se incluye la necesidad de crear un Centro de Protección de Sujetos Procesales dependiente de la PGJE, así como una fiscalía especializada, que permita la investigación y persecución del delito para coadyuvar con la Federación.
Derivado de las disposiciones de la Ley General, las entidades federativas deben a través de sus respectivas procuradurías, crear y operar fiscalías especializadas para la investigación de los delitos consignados en las mismas, las que contarán con Ministerios Públicos y policías especializados, así como los recursos humanos, financieros y materiales que requieran para su efectiva operación. Estas unidades se integrarán con servicios periciales y técnicos especializados para el ejercicio de su función.
En su exposición de motivos, la legisladora explica que de acuerdo a la reforma a la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 8 de octubre de 2013, se facultó al Congreso de la Unión a expedir leyes generales en materias de secuestro y trata de personas, entre otras.
Derivado de la referida reforma, en tal sentido y materia, se abrogó la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de personas, expedida el 27 de noviembre de 2007, y en su lugar su discutió, aprobó y publicó la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, publicada el 14 de junio de 2012 y reformada de conformidad con dicho decreto el 19 de marzo de 2014; la aprobación del decreto y la reforma a la ley general implica la supresión de los tipos penales en los códigos locales, pues la materia de la trata de personas se vuelve exclusiva del Congreso, aunque se trate de una ley general con facultades concurrentes para los tres órdenes de gobierno.
Sin embargo, la Ley General faculta a los Congresos de los Estados y la Asamblea de Representantes del Distrito Federal, a hacer las reformas pertinentes en la materia y las leyes específicas, por lo cual resulta necesario e impostergable, modificar la vigente Ley para Prevenir, Atender y Erradicar la Trata de Personas en el Estado de San Luis Potosí, que fue expedida el 22 de diciembre del año 2010 y su última reforma se actualizó el 21 de enero del año 2011. Esta iniciativa fue turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales; y Derechos Humanos, Equidad y Género para su análisis.