Piden definir con mayor claridad las funciones de la policía procesal en el nuevo Sistema de Justicia Penal Acusatorio

La diputada Delia Guerrero Coronado presentó una iniciativa que propone reformar, y adicionar diversos artículos de la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de San Luis Potosí, cuyo objeto es definir con mayor claridad las funciones de la policía procesal en el nuevo Sistema de Justicia Penal Acusatorio.
Explicó la legisladora que resulta necesario diferenciar entre quién es la Policía Procesal y la Policía de Investigación Científica y qué funciones corresponde de manera general a ambas y de forma particular a cada una de ellas de acuerdo a su naturaleza y objeto.
Señaló la importancia por definir la Policía Procesal a quien se le atribuye mediante nombramiento o instrumento jurídico equivalente, que sea parte de los cuerpos de Seguridad Pública y participe cuidando y velando por el orden en el desarrollo del Proceso Penal Acusatorio y Juicio Oral en las Salas de Audiencias de Garantías y Oral.
Mientras que la Policía de Investigación es la que actúa en coadyuvancia con el Ministerio Público en la investigación de los delitos, ello de conformidad con el numeral 21 de la Carta Magna según lo detalló la diputada Delia Guerrero.
La diputada señaló que el policía procesal participa dentro de las tres etapas o fases que tiene el nuevo sistema penal que son: 1. Etapa preliminar que abarca desde la noticia criminal hasta el auto de vinculación a proceso; 2. Etapa intermedia que comprende desde la formulación de la acusación realizada por la Fiscalía hasta el auto de apertura a juicio oral y 3. La Etapa de Juicio Oral que comprende el alegato de apertura de la Fiscalía hasta el dictado de la sentencia.
De esta forma, se adicionó a la Ley en cita el artículo 56 bis que define las funciones de las policías, debido a que no se establecieron con claridad las funciones que le corresponden a la policía investigadora y a la policía procesal, si bien si se hace la diferencia en la definición de cada una de ellas en el Artículo 5º del ordenamiento.
Destacó la certeza de que con esta iniciativa se contribuye específicamente a la armonización de las leyes conducentes con el nuevo Sistema Penal Acusatorio.
El objetivo aseguró es dar mayor claridad y certeza las funciones que deben desarrollar las policías de conformidad con su naturaleza, orden y objeto, dentro de las reformas que plantea la iniciativa a la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado.