Piden analizar de manera permanente las condiciones del transporte público

El pleno del Congreso del Estado aprobó por unanimidad reformar la Ley de Transporte Público del Estado de San Luis Potosí, a fin de establecer que el Consejo Estatal de Transporte Público debe convocar a reunión a sus integrantes en un plazo máximo de 60 días entre cada sesión, para su revigorización y que éste pueda abordar los asuntos de transcendencia para el transporte público.
Lo anterior, debido a que desde el año 2013 en que se aprobó la reforma al artículo 94 de la Ley en cita, donde se estipuló que las tarifas del transporte público sufrirían modificaciones según el incremento del índice denominado salario mínimo de la zona geográfica que corresponda, dicho consejo, ha tenido escasas reuniones, por lo que resulta necesaria su revigorización para que éste aborde los asuntos de transcendencia para el transporte público de nuestra entidad, según se establece en la exposición de motivos del dictamen aprobado.
Al respecto el diputado Francisco Martínez Ibarra dijo que la intención es establecer un plazo para que el presidente del Consejo Estatal del Transporte cite a reuniones en u n lapso máximo de noventa días entre cada sesión, esto con la finalidad de que se toquen temas de relevancia para la prestación del servicio del transporte público de calidad y que resuelva las exigencias que se suscitan continuamente.
“Por una parte aclarar bien quienes integran el Consejo Estatal del Transporte, pero que además se señale cada cuando se tienen que reunir porque es indispensable llevar a cabo las reuniones conducentes a analizar tanto los problemas como los avances que pudiera darse al servicio del trasporte público”, señaló.
En cuanto a asuntos a tratar por parte del Consejo, el diputado Martínez Ibarra, explicó que éstos son muy diversos como lo es; Analizar permanentemente las condiciones del servicio del transporte público; proponer al titular del Ejecutivo del Estado las acciones de carácter técnico y financiero convenientes para mejorar la prestación del servicio; Llevar el registro correspondiente de los principales indicadores y estadísticas en materia del servicio de transporte público; Establecer los mecanismos de coordinación, con entidades públicas y privadas; emitir su opinión sobre la elaboración del Programa Estatal de Transporte, entre otros.