Habrá protección médica para los practicantes del deporte amateur

Diputados del Poder Legislativo aprobaron ayer por unanimidad en sesión ordinaria reformar la Ley de Deporte para el Estado de San Luis Potosí.
El objetivo es establecer como obligación que todo deportista que participen en competencias no oficiales, cuente con un seguro de gastos médicos para el caso de sufrir alguna lesión con motivo de la práctica del deporte; seguro de gastos médicos cuyo importe deberá estar incluido en los costos de inscripción de las asociaciones, clubes y ligas deportivas.
Lo anterior, porque  aún y cuando el artículo 31 de la Ley de Deporte para el Estado de San Luis Potosí,  a través de su fracción IV previene como uno de los derechos del deportista recibir los servicios médicos adecuados, esto sólo surte efectos cuando se trate de competencias oficiales.
Se advierte que la Ley garantiza al deportista que participa en competencias y eventos oficiales, su atención médica y el acceso a los servicios de salud; sin embargo, la norma jurídica no prescribe derecho u obligación alguna, respecto del resto de los deportistas que participan en competencias y torneos no oficiales en las distintas asociaciones, clubes y ligas deportivas, según se establece en la exposición de motivos del dictamen aprobado.
Se agrega que si bien el Estado cumple en la parte relativa a la promoción y fomento del desarrollo de la activación física, la cultura física y del deporte, era necesario emprender acciones legislativas a favor del deportista, tendentes a garantizar su atención médica en caso de sufrir lesiones durante la práctica del deporte.
Posteriormente, fue aprobado por unanimidad reformar la Ley de Transporte Público del Estado de San Luis Potosí, a fin de establecer que el Consejo Estatal de Transporte Público debe  convocar a reunión a sus integrantes en un plazo máximo de 60  días entre cada sesión, para su revigorización y que éste pueda abordar  los asuntos de transcendencia para el transporte público.
Lo anterior, debido a que desde el año 2013 en que se aprobó la reforma al artículo 94 de la Ley en cita, donde se estipuló que las tarifas del transporte público sufrirían modificaciones según el incremento del índice denominado salario mínimo de la zona geográfica que corresponda, dicho consejo, ha tenido escasas reuniones, por lo que resulta necesaria su revigorización para que éste aborde los asuntos de transcendencia para el transporte público de nuestra entidad, según  se establece en la exposición de motivos del dictamen aprobado.
Se aprobó por unanimidad el dictamen con proyecto de decreto que presentaron las comisiones de Justicia; Puntos Constitucionales; y Seguridad Pública, Prevención y Reinserción Social que declara que la  Ley Nacional de Mecanismos Alternativos para la Solución de Controversias en materia Penal, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29  de diciembre del 2014, entrará en vigor con todos sus efectos legales en el Estado de San Luis Potosí, en los mismos términos que dispone la Declaratoria de entrada en vigor del Código Nacional de Procedimientos Penales, publicada en el Periódico Oficial del Estado el 30 de julio del 2014.